Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 228

Fecha del Boletín 
24-09-2018

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180924-78

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

78
Madrid número 9. Procedimiento 21 de 2018, notificación a Grumen, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Margarita Martínez González, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 21 de 2018 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jesús Castaño Escribano, frente a “Grumen, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

En Madrid, a 14 de mayo de 2018.—Don Jacob Jiménez Gentil, magistrado de adscripción territorial en funciones de refuerzo del Juzgado de lo social número 9 de Madrid, tras haber visto los presentes autos en materia de extinción del contrato de trabajo, seguidos a instancias de don Jesús Castaño Escribano, asistido por el letrado don Antonio Valenciano Sal, contra la mercantil “Grumen, Sociedad Limitada”, que no compareció al acto del juicio, ha pronunciado en nombre del Rey la siguiente

Sentencia número 214 de 2018

Fallo

Estimo la demanda formulada por don Jesús Castaño Escribano contra la empresa “Grumen, Sociedad Limitada”, y, en su consecuencia, declaro extinguida la relación laboral entre las partes, con fecha 14 de mayo de 2018, por incumplimiento del empresario, consistente en la obligación de abono de los salarios, condenando a la empresa a abonarle en concepto de indemnización la cantidad de 58.751,55 euros, y estimo la demanda por reclamación de cantidad formulada por don Jesús Castaño Escribano contra la empresa “Grumen, Sociedad Limitada”, y, en consecuencia, condeno a esta a abonar a aquel la cantidad de 13.396,32 euros por las mensualidades correspondientes a los meses de octubre de 2017 a abril de 2018, con el recargo del artículo 29.3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores aplicado a los conceptos salariales.

Se advierte a las partes que contra esta sentencia puede interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando letrado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita, que deberá acreditar, al tiempo de interponerlo, haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, abierta en la entidad bancaria “Banco Santander”, sita en la calle Princesa, número 2, de Madrid, e insertar número de cuenta 2507-0000-00-0021-18, aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar, al tiempo de anunciarlo, haber consignado el importe íntegro de la condena en el banco o presentar aval de entidad financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Grumen, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 30 de julio de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/28.606/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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