Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 223

Fecha del Boletín 
18-09-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180918-46

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 80

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Madrid número 80. Procedimiento 594 de 2016, notificación a Julia Pillado Galache

EDICTO

En el procedimiento número 594 de 2016 se ha dictado la siguiente:

Sentencia número 226 de 2018

En Madrid, a 13 de junio de 2018.—Vistos por la ilustrísima señora doña Rocío Nieto Centeno, magistrada-juez del Juzgado número 80 de primera instancia de Madrid, los presentes autos de juicio verbal, seguidos ante este Juzgado bajo el número 594 de 2016, a instancias de don Manuel Sánchez Fernández, representado por el procurador de los Tribunales don Argimiro Vázquez Guillén, contra doña Julia Pillado Galache, en rebeldía, sobre divorcio.

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por don Manuel Sánchez Fernández, representado por el procurador de los Tribunales don Argimiro Vázquez Guillén, contra doña Julia Pillado Galache, en rebeldía, declaro disuelto por causa de divorcio el matrimonio contraído por los litigantes el 4 de febrero de 1970, acordando:

1. Quedan revocados los consentimientos y poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera otorgado a favor del otro y cesa la posibilidad de vincular bienes privativos del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica.

2. La disolución de la sociedad legal de gananciales, cuya liquidación podrá llevarse a cabo en la forma prevista en los artículos 806 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

3. No ha lugar a adoptar ninguna otra medida.

Todo ello sin expresa imposición de las costas causadas.

Expídase el oportuno despacho para la comunicación y anotación marginal de la misma en la inscripción de matrimonio en el Registro Civil correspondiente.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al ministerio fiscal, haciéndoles saber que la misma no es firme y frente a ella cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, contados a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución, siendo competente para conocer del mismo la Audiencia Provincial de Madrid.

Así lo acuerdo, mando y firmo.—Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada doña Julia Pillado Galache, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de la interesada en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 14 de junio de 2018.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/28.645/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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