Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 213

Fecha del Boletín 
06-09-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180906-53

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 63

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Madrid número 63. Procedimiento 1.034 de 2016, notificación a Megaloto, S. L.

EDICTO

Doña Pilar Pérez García, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 63 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) número 1.034 de 2016, instados por el procurador don Francisco Abajo Abril, en nombre y representación de “Mutualidad General de Previsión del Hogar Divina Pastora”, contra “Megaloto, Sociedad Limitada”, en los que se ha dictado en fecha 19 de junio de 2018 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el procurador don Francisco Abajo Abril, en nombre y representación de “Mutualidad General de Previsión del Hogar Divina Pastora, Mutualidad de Previsión Social a Prima Fija”, contra la entidad mercantil “Megaloto, Sociedad Limitada”, en rebeldía procesal, debo condenar y condeno soliariamente a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 14.613,13 euros.

Esta cantidad devengará el interés legal del dinero desde la fecha de la interposición de la demanda hasta la fecha de esta resolución.

Desde la fecha de la sentencia devengará los intereses de mora procesal del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil hasta su total y completo pago.

Y con expresa condena de las costas causadas en este procedimiento a la parte demandada.

Esta sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, dentro de los veinte días siguientes a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada “Megaloto, Sociedad Limitada”, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 19 de junio de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/26.245/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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