Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 213

Fecha del Boletín 
06-09-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180906-44

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 18

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Madrid número 18. Procedimiento 307 de 2017, notificación a Opportunity Compraventa, S. L.

EDICTO

Doña Marta Real Sainz-Rozas, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 18.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 307 de 2017, instados por el procurador don Francisco Abajo Abril, en nombre y representación de “Axa Seguros”, contra “Opportunity Compraventa, Sociedad Limitada”, en reclamación de 1.414,93 euros, en los que se ha dictado en fecha 21 de mayo de 2018 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Que estimando íntegramente la demanda formulada por la representación de “Axa Seguros” contra “Opportunity Compraventa, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a “Opportunity Compraventa, Sociedad Limitada”, a que satisfaga a la actora la cantidad de 1.414,93 euros, más los intereses legales de dicha suma desde la reclamación judicial, y todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (artículo 455.1 Ley de Enjuiciamiento Civil).

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—El/la juez/magistrado/a-juez.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada “Opportunity Compraventa, Sociedad Limitada”, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 6 de julio de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/25.940/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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