Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 213

Fecha del Boletín 
06-09-2018

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180906-24

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COBEÑA

RÉGIMEN ECONÓMICO

24
Cobeña. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Anuncio del extracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno Local celebrada el 12 de julio de 2018 por la que se convocan subvenciones en materia de “adquisición material escolar y libros de texto para el curso 2018-2019”, por el procedimiento de concurrencia competitiva con tramitación anticipada y condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio presupuestario en que vaya a ejecutarse el gasto que supone el pago de las mismas.

BDNS (Identif.): 412896

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).

Primero. Beneficiarios.—Podrán solicitar esta subvención: padres, madres o tutores legales de alumnos que, empadronados en esta localidad, se encuentren matriculados para el curso 2018-2019 en la etapa de segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria.

Segundo. Objeto.—La subvención tiene por finalidad la adquisición de material escolar y libros de texto de los alumnos matriculados en cualquier centro escolar para el curso 2018-2019 y empadronados en esta localidad antes del 30 de junio de 2018.

Tercero. Bases reguladoras.—Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones fueron aprobadas por la Junta de Gobierno Local, celebrada en fecha 12 de julio de 2018, y publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 193, de fecha 14 de agosto de 2018.

Cuarto. Cuantía de la ayuda.—Los créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención serán los que señale la Intervención una vez sean aprobados los presupuestos correspondientes a la anualidad de 2019, y la cuantía total máxima estimada de las subvenciones convocadas es de 38.000 euros.

El pago de las cantidades que conforman la subvención que se haya concedido se efectuará dentro del ejercicio económico que corresponda en función de la disponibilidad presupuestaria. En caso de no existir crédito suficiente la concesión de la subvención, quedaría sin efectos.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como anexo de la convocatoria. Se dirigirán al señor alcalde-presidente del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, del 1 de octubre al 30 de noviembre de 2018.

Cobeña, a 28 de agosto de 2018.—La alcaldesa en funciones, Francisca López Guardia.

(03/28.071/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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