Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 213

Fecha del Boletín 
06-09-2018

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180906-19

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible

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Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible. Estatutos Junta de Compensación

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en sesión celebrada el día 6 de agosto de 2018 y en el expediente administrativo con número de referencia 711/2018/10.146, ha adoptado el siguiente Acuerdo:

«Primero.—Aprobar definitivamente el Proyecto de Estatutos y Bases de Actuación para la constitución de la Junta de Compensación del Área de Planeamiento Específico 02.27 “Nuevo Mahou-Calderón”, suscrito por las sociedades “Mahou Sociedad Anónima”, y “Club Atlético de Madrid, SAD”, en su condición de propietarias de la totalidad de los terrenos privados incluidos en el ámbito.

Segundo.—Designar como representante de la administración actuante en el órgano rector de la Junta de Compensación que se constituya a la concejala-presidenta del Distrito de Arganzuela o persona en quien delegue.

Tercero.—Notificar individualizadamente y publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de acuerdo con lo establecido en el artículo 162.4 del Reglamento de Gestión Urbanística aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto».

Lo que se publica para general conocimiento, significando que este Acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que lo ha dictado según lo dispuesto en el artículo 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, de conformidad con lo establecido en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a contar en ambos casos desde el día siguiente a la publicación del presente Acuerdo, sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Madrid, a 20 de agosto de 2018.—La secretaria de la Junta de Gobierno, Rita Maestre Fernández.

(02/27.697/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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