Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 201

Fecha del Boletín 
23-08-2018

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180823-61

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

61
Madrid número 39. Ejecución 104 de 2017, notificación a Universal Global Services, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARGARITA MARTÍNEZ GONZÁLEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 39 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 104/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JOSE ANTONIO PALAZON ARAQUE frente a D./Dña. CARMEN DIAZ MAGDALENA, UNIVERSAL GLOBAL SERVICES SL y FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

AUTO

En Madrid, a trece de julio de dos mil dieciocho.

PARTE DISPOSITIVA

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, D./Dña. JOSE ANTONIO PALAZON ARAQUE, frente a la demandada FOGASA, D./Dña. CARMEN DIAZ MAGDALENA y UNIVERSAL GLOBAL SERVICES SL, parte ejecutada, por un principal de 4516,44 Euros, más 451,64 euros y 451,64 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACIÓN.- Mediante recurso de REPOSICIÓN ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 4283-0000-64-0104-17.

Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez

Dña. MARÍA LUZ RICO RECONDO

EL MAGISTRADO-JUEZ

AUTO

En Madrid, a veintiséis de julio de dos mil dieciocho.

PARTE DISPOSITIVA

SE ACUERDA SUBSANAR el defecto advertido en Auto de fecha 13/07/2018, en los siguientes términos:

Donde dice: “Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, D./Dña. JOSE ANTONIO PALAZON ARAQUE, frente a la demandada FOGASA, D./Dña. CARMEN DIAZ MAGDALENA y UNIVERSAL GLOBAL SERVICES SL”.

Debe decir: “Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, D./Dña. JOSE ANTONIO PALAZON ARAQUE, frente a la demandada UNIVERSAL GLOBAL SERVICES SL”.

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.

Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez

Dña. MARÍA LUZ RICO RECONDO

EL MAGISTRADO-JUEZ

DECRETO

En Madrid, a trece de julio de dos mil dieciocho.

PARTE DISPOSTIVA

Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en QUINCE DIAS puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANCO DE SANTANDER IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 4283-0000-64-0104-17.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. MARGARITA MARTÍNEZ GONZÁLEZ

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a UNIVERSAL GLOBAL SERVICES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a treinta y uno de julio de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/26.657/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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