Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 193

Fecha del Boletín 
14-08-2018

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180814-62

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5

62
Madrid número 5. Procedimiento 1.391 de 2017, notificación a Obra Civil Obra Nueva, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA JOSÉ VILLAGRAN MORIANA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 05 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 1391/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. CARLOS ARTURO BEDOYA MESA, D./Dña. ROMICA VERVERIS, D./Dña. EDWIN MARCELO ORDOÑEZ ILLESCAS, D./Dña. HUGO VILA QUISPE, D./Dña. MARCELO SANCHEZ MOLINA, D./Dña. CARLOS CEVERO SIGUENZA y D./Dña. VICENTE CAPILLA TENA frente a FOGASA y OBRA CIVIL OBRA NUEVA SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA NUMERO 312/18

EN NOMBRE DEL REY

En Madrid a veintitrés de julio de dos mil dieciocho

VISTOS por la Ilustrísima Sra. DOÑA ANGELA MOSTAJO VEIGA, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social nº 5 de los de Madrid los presentes autos sobre CANTIDAD siendo partes en los mismos, de una como demandantes D./Dña. CARLOS ARTURO BEDOYA MESA, D./Dña. MARCELO SANCHEZ MOLINA, D./Dña. CARLOS CEVERO SIGUENZA, D./Dña. HUGO VILA QUISPE, D./Dña. ROMICA VERVERIS, D./Dña. VICENTE CAPILLA TENA y D./Dña. EDWIN MARCELO ORDOÑEZ ILLESCAS y asistidos por el Letrado D. Martín Ochoa Díaz, y de otra como demandada OBRA CIVIL OBRA NUEVA SL que no comparece, con citación del FONDO DE GARANTÍA SALARIAL que no comparece.

FALLO

Que estimando las demandas interpuestas por D./Dña. CARLOS ARTURO BEDOYA MESA, D./Dña. MARCELO SANCHEZ MOLINA, D./Dña. CARLOS CEVERO SIGUENZA, D./Dña. HUGO VILA QUISPE, D./Dña. ROMICA VERVERIS, D./Dña. VICENTE CAPILLA TENA y D./Dña. EDWIN MARCELO ORDOÑEZ ILLESCAS contra OBRA CIVIL OBRA NUEVA SL, con citación del FONDO DE GARANTÍA SALARIAL debo condenar a la empresa a que abone a los actores las siguientes sumas:

D./Dña. CARLOS ARTURO BEDOYA MESA.- 6.995,93 EUROS

D./Dña. MARCELO SANCHEZ MOLINA.- 4.525,81 EUROS

D./Dña. CARLOS CEVERO SIGUENZA.- 2.584,61 EUROS

D./Dña. HUGO VILA QUISPE.- 1.226,40 EUROS

D./Dña. ROMICA VERVERIS.- 2.818,24 EUROS

D./Dña. VICENTE CAPILLA TENA.- 3.156,38 EUROS

D./Dña. EDWIN MARCELO ORDOÑEZ ILLESCAS.- 2.891,39 EUROS

Más un interés del 10 % en concepto de mora.

Notifíquese la presente resolución a las partes con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular RECURSO DE SUPLICACIÓN al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los CINCO DÍAS siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de parte o de su abogado, o representante al hacerle la notificación de aquella, de su propósito de entablarlo o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado, o su representante dentro del plazo indicado.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena así como el depósito de 300 EUROS en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que tiene abierta este Juzgado con el número ES 55 0049 3569 92 000500 1274 en el BANCO DE SANTANDER, haciendo constar en el ingreso: concepto 2503 0000 00 nº de autos (4 cifras), año.

Así por esta mi Sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a OBRA CIVIL OBRA NUEVA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintitrés de julio de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/25.720/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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