Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 193

Fecha del Boletín 
14-08-2018

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180814-29

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NUEVO BAZTÁN

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

29
Nuevo Baztán. Organización y funcionamiento. Avocación competencias

Resolución de Alcaldía 968/2018.

Visto que por decreto de Alcaldía 759/2015, de 22 de junio, se designaron los miembros integrantes de la Junta de Gobierno Local.

Visto que por decreto de Alcaldía 834/2015, de 30 de junio de 2015, se delegaron en la Junta de Gobierno diversas competencias del alcalde.

Visto que por decreto 914/2015, de 17 de julio, se efectuó una nueva modificación para avocar la competencia sobre incoación y resolución de expedientes disciplinarios en materia de personal.

Considerando que interesa al alcalde, para el más ágil desarrollo de los expedientes de contratación, recuperar la competencia en esta materia para determinados actos del procedimiento, entre la aprobación de expediente y la adjudicación del contrato.

Considerando que, de acuerdo con el artículo 23.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases de Régimen local, corresponde a la Junta de Gobierno Local:

a) La asistencia al alcalde en el ejercicio de sus atribuciones.

b) Las atribuciones que el alcalde u otro órgano municipal le delegue o le atribuyan las Leyes.

En uso de las facultades que me confieren los artículos 43 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre (ROF), y 21.1.3 de la Ley de Bases de Régimen Local, resuelvo:

Primero.—Modificar el decreto 834/2015, de 30 de junio, de forma que en materia de expedientes de contratación se avocan las competencias que se entendían delegadas a favor de la Junta de Gobierno Local, relativas a la clasificación de las ofertas, declaración de la oferta económicamente más ventajosa y requerimiento al licitador que la hubiera propuesto para que presente la documentación precisa para adjudicarle el contrato.

Segundo.—Del presente decreto se dará cuenta al Ayuntamiento Pleno en la primera sesión que este celebre, así como a los miembros de la Junta de Gobierno Local, debiéndose publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Nuevo Baztán, a 30 de julio de 2018.—El secretario (a los solos efectos de fe pública), Ignacio Rojo Fernández-Matinot.—El alcalde, Mariano Hidalgo Fernández.

(03/26.664/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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