Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 192

Fecha del Boletín 
13-08-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180813-43

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 69

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Madrid número 69. Procedimiento 1.205 de 2016, notificación a DCE Vision Productions, S. A.

EDICTO

Doña Virginia Marta González Granado, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 69 de los de Madrid.

Hago saber: Que en los autos de juicio ordinario seguidos en este Juzgado con el número 1.205 de 2016, seguidos a instancia de “Espacio Tecnológico Área 51, Sociedad Limitada”, representado por el procurador señor García Riquelme, contra “DCE Vision Productions, Sociedad Anónima”, se ha acordado notificar la sentencia dictada en los presentes al demandado rebelde, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

Setencia número 140 de 2018

En Madrid, a 23 de mayo de 2018.—La magistrada-juez Beatriz López Frago.

Vistos por la señora doña Beatriz López Frago, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 69 de los de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario número 1.205 de 2016, tramitados en este Juzgado a instancia de “Espacio Tecnológico Área 51, Sociedad Limitada”, representada por el procurador de los tribunales, don David García Riquelme, y asistida por el letrado don José Ignacio Saldarriaga Alonso, contra “DCE Vision Productions, Sociedad Anónima”, declarada en rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad.

Estimando la demanda formulada por “Espacio Tecnológico Área 51, Sociedad Limitada”, representada por el procurador de los tribunales don David García Riquelme, contra “DCE Vision Productions, Sociedad Anónima”, declarada en rebeldía procesal, debo condenar y condeno a la demandada a que abone a la actora la suma de doscientos treinta y ocho mil ochocientos cincuenta y tres euros y quince céntimos (238.853,15 euros) de principal; cantidad que devengará el interés legal del dinero a contar desde la interposición de la demanda y hasta la presente resolución y hasta su completo pago; con expresa imposición de las costas causadas a la parte demandada.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2889-0000-04-1205-16 de esta oficina judicial de la cuenta general de depósitos y consignaciones abierta en “Banco Santander”.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55-0049-3569-9200-0500-1274, indicando en el campo “Beneficiario”, Juzgado de primera instancia número 69 de Madrid, y en el campo “Observaciones o concepto”, se consignarán los siguientes dígitos 2889-0000-04-1205-16.

No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (Ley Orgánica 1/2009, disposición adicional decimoquinta).

Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez.

Publicación

Firmada la anterior resolución es entregada en esta Secretaría para su notificación, dándose publicidad en legal forma y se expide certificación literal de la misma para su unión a autos.—Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de “DCE Vision Productions, Sociedad Anónima” y para que sirva de notificación en forma a los referidos demandados y su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente que firmo en Madrid, a 23 de mayo de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/25.768/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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