Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 192

Fecha del Boletín 
13-08-2018

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180813-109

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

109
Madrid número 39. Procedimiento 829 de 2017, notificación a Taograf Servicios Integrales de Creación y Producción Gráfica, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MARGARITA MARTÍNEZ GONZÁLEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 39 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 829/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JESUS ANTONIO AVENDAÑO ARGUMANEZ frente a TAOGRAF SERVICIOS INTEGRALES DE CREACION Y PRODUCCION GRAFICA SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

“Estimando la demanda presentada por D. Jesús Antonio Avendaño Argumanez, frente a la empresa TAOGRAF SERVICIOS INTEGRALES DE CREACIÓN Y PRODUCCIÓN GRÁFICA S.L., declaro improcedente el despido de fecha 7 de junio de 2017 y condeno a la empresa demandada a que, a su opción, que deberá realizar el empresario en el plazo de los cinco días siguientes a partir de la notificación de la presente sentencia, mediante escrito o comparecencia ante la Secretaría de este Juzgado, proceda a la readmisión del trabajador o al abono de la indemnización de 12.875,06 euros; debiendo abonar, caso de optar por la readmisión los salarios dejados de percibir, en la cuantía diaria de 50,54 euros, computables desde la fecha del despido hasta la notificación de esta resolución o hasta que hubiese encontrado otro empleo, si tal colocación fuese anterior a la sentencia y se probase lo percibido para el descuento de los salarios de tramitación. Así mismo, debo condenar y condeno a la demandada al abono al actor de la suma de 3.651,37 euros, en concepto de cantidad bruta por salarios pendientes, que deberá ser incrementada con el recargo del 10% de interés por mora”

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación en el plazo y con las formalidades que se establecen en el texto refundido de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a TAOGRAF SERVICIOS INTEGRALES DE CREACION Y PRODUCCION GRAFICA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintitrés de julio de dos mil dieciocho.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/25.624/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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