Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 187

Fecha del Boletín 
07-08-2018

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180807-100

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

100
Madrid número 11. Procedimiento 715 de 2017, notificación a Servicios Integrales Lasagra Alta, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ENCARNACION GUTIERREZ GUÍO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 11 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 715/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JORGE FUENTES PEREZ frente a SERVICIOS INTEGRALES LASAGRA ALTA S.L. sobre Monitorio se ha dictado el siguiente Decreto de fecha 1.2.2018, que dispone:

1.- Tener por no satisfechas la totalidad de las cantidades reclamadas por D. JORGE FUENTES PEREZ frente SERVICIOS INTEGRALES LASAGRA ALTA SL la cuantía de 5.160,60 euros, sin perjuicio de que por la parte actora se inste la ejecución si a su derecho conviene.

2.- Tener por terminado el presente proceso monitorio y proceder a su archivo.

3.- Librar certificación de esta resolución y llevar su original al libro de resoluciones definitivas.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICIÓN ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art 186.1 L.J.S).

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SERVICIOS INTEGRALES LASAGRA ALTA S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dieciséis de julio de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/24.792/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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