Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 184

Fecha del Boletín 
03-08-2018

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180803-67

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

67
Madrid número 8. Ejecución 98 de 2017, notificación a Proyectos Integrales de Limpieza, S. A.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA DEL CARMEN MARTÍN GARCIA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 08 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 98/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. HASSANE ZAKOUR LEKBIR frente a PROYECTOS INTEGRALES DE LIMPIEZA SA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

Que en la Ejecución forzosa nº 98/2017 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. HASSANE ZAKOUR LEKBIR frente a PROYECTOS INTEGRALES DE LIMPIEZA SA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado DECRETO de fecha 25 de junio del 2018, aprobando la liquidación de intereses por un importe de 1,25 euros . Que consta consignada en la cuenta de este juzgado la cantidad de 54,00 euros, para el pago de intereses y costas. Resultando pendiente el pago por la ejecutada de la cantidad de 673,25 euros en concepto de costas. Resolución contra la que cabe interponer recurso de reposición en el plazo de tres días y pudiendo deducir oposición de conformidad con lo dispuesto en el artículo 239.4 de la LJS, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado nº 2506-0000-64-0035-16 abierta en la entidad Banco Santander;

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a PROYECTOS INTEGRALES DE LIMPIEZA SA. en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto.salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veinticinco de junio de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/24.038/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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