Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 184

Fecha del Boletín 
03-08-2018

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180803-122

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

122
Madrid número 38. Procedimiento 1.291 de 2017, notificación a Jessenia Componentes Electrónicos, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. JOSE ANTONIO RINCON MORA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 38 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 1291/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. SOLEDAD PEREZ MARTIN frente a JESSENIA COMPONENTES ELECTRONICOS SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

“FALLO

Que estimando la demanda formulada por doña SOLEDAD PÉREZ MARTÍN contra JESSENIA COMPONENTES ELECTRÓNICOS S.L. y con intervención de FOGASA, en reclamación de DESPIDO debo declarar y declaro la improcedencia del mismo, y la extinción de la relación laboral existente entre ambas partes, a fecha de la presente resolución, condenando a JESSENIA COMPONENTES ELECTRÓNICOS S.L., a abonar a doña SOLEDAD PÉREZ MARTÍN, en concepto de indemnización la cantidad de 1934,88 euros y en concepto de salarios de tramitación, la cantidad de 8475,09 euros.

En cuanto al Fondo de Garantía Salarial, este organismo estará a la responsabilidad legalmente establecida para él.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella podrán interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta Sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación.”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a JESSENIA COMPONENTES ELECTRONICOS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a nueve de julio de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/24.269/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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