Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 183

Fecha del Boletín 
02-08-2018

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180802-33

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARROYOMOLINOS

OTROS ANUNCIOS

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Arroyomolinos. Otros anuncios. Candidaturas juez de paz

Don Juan José González Arroyo, alcalde accidental del Ayuntamiento de Arroyomolinos.

Hago saber: Que con fecha 13 de julio de 2018 y número RE 14924 se ha recibido en este Ayuntamiento certificación de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia aceptando la renuncia de doña Lidia de Grado Suárez al cargo de juez de paz titular del Ayuntamiento de Arroyomolinos.

Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas juez de paz titular de este municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 4 y siguientes del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.

Que se abre un plazo de quince días hábiles desde la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que las personas que estén interesadas, y reúnan las condiciones legales, lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía. A la solicitud deberá acompañarse la siguiente documentación:

— Currículo.

— Certificado de nacimiento.

— Certificado de antecedentes penales.

— Certificado médico de no padecer enfermedad que le incapacite para el ejercicio de cargo de juez de paz.

— Declaración jurada de no estar incurso en causas de incompatibilidad.

Que el expediente completo se encuentra en las dependencias de la Secretaría, donde podrá ser examinado.

Lo que se publica para general conocimiento.

En Arroyomolinos, a 20 de julio de 2018.—El alcalde accidental, Juan José González Arroyo.

(03/25.397/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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