Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 183

Fecha del Boletín 
02-08-2018

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180802-157

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALICANTE NÚMERO 2

157
Alicante número 2. Procedimiento 806 de 2017, notificación a Grúas Reig, S. L.

EDICTO

Don Román Huertas Nafría, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Alicante.

Hago saber: Que en este Juzgado y con el número Seguridad Social en materia prestaciones (SSS) 806 de 2017, se sigue procedimiento en reclamación de Seguridad Social, Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 11, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, “Grúas Reig, Sociedad Limitada”, don Francisco Duarte Faustino da Silva y Tesorería General de la Seguridad Social, en cuyas actuaciones se ha señalado para que tenga lugar el acto de juicio el día 10 de diciembre de 2018, a las diez y veinte horas, e ignorándose el actual paradero de la empresa “Grúas Reig, Sociedad Limitada”, cuyo último domicilio conocido fue en Alicante, calle Electrodo, número 72, Polígono Industrial “Santa Ana”, Rivas-Vaciamadrid (Madrid), por el presente se le cita para dicho día y hora, a fin de que comparezca en la oficina de este Juzgado de lo social (planta segunda), a fin de celebrar acto de conciliación y sucesivamente el juicio, si en aquella no se hubiese obtenido avenencia, advirtiéndole de que deberá comparecer al mismo con los medios de prueba de que intente valerse, con la prevención de que si no compareciere le pararán los perjuicios a que hubiera lugar en derecho, con advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En Alicante, a 16 de julio de 2018.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/25.672/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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