Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 181

Fecha del Boletín 
31-07-2018

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180731-87

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE MAJADAHONDA NÚMERO 6

87
Majadahonda número 6. Procedimiento 500 de 2014, notificación a David Esteban Fernández

EDICTO

Doña Inmaculada Palma González, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 6 de Majadahonda.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 500 de 2014, instados por el procurador don Esteban Muñoz Nieto, en nombre y representación de “BMW Bank GMBH Sucursal en España”, contra don David Esteban Fernández, en los que se ha dictado, en fecha 15 de enero de 2018, sentencia, cuyo fallo es la siguiente:

Fallo

Que, estimando parcialmente la demanda interpuesta por “BMW Bank GMBH”, representada por el procurador de los Tribunales señor Muñoz Nieto, contra don David Esteban Fernández, en situación de rebeldía procesal, condeno a la parte demandada al pago de la suma de 1.8914,47 euros, con los intereses del artículo 576 de la LEC desde la fecha de la presente sentencia.

No se hace especial pronunciamiento sobre las costas.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días desde la notificación, cuyo conocimiento corresponde a la Audiencia Provincial de Madrid.

Para interponer el recurso será necesario la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la cuenta de depósitos y consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el “Banco Santander”, número 0049 3569 92 0005001274, haciendo constar en observaciones: 2880/0000/01/0500/14, consignación que deberá ser acreditada al preparar el recurso (disposición adicional 15 de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el beneficio a la asistencia jurídica gratuita.

Así, por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don David Esteban Fernández y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Majadahonda, a 24 de enero de 2018 La letrada de la Administración de Justicia

(02/25.165/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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