Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 181

Fecha del Boletín 
31-07-2018

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180731-44

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE EL ESCORIAL

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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El Escorial. Organización y funcionamiento. Convenio cooperación

El Pleno del Ayuntamiento de El Escorial, en sesión ordinaria celebrada el día 14 de julio de 2018, acordó la “Aprobación del convenio de cooperación con el Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial para la utilización del Punto Limpio, por los vecinos del municipio de El Escorial”, se hace público para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 11.3.a) de Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.

CONVENIO ENTRE LOS AYUNTAMIENTOS DEL REAL SITIO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL Y DE EL ESCORIAL PARA LA UTILIZACIÓN DEL PUNTO LIMPIO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL

En San Lorenzo de El Escorial, a 9 de julio de 2018.—Reunidos, de una parte, doña Blanca Juárez Lorca, alcaldesa-presidenta del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial, y, de otra, don Antonio Vicente Rubio, alcalde-presidente del Ayuntamiento de El Escorial.

ANTECEDENTES

Primero.—Que consideran prioritario en sus objetivos que sus Ayuntamientos presten a sus vecinos los mayores y mejores servicios posibles, en todas las materias de la vida social en general y, en particular, en aquello relacionado con el cuidado del medio ambiente, el reciclaje y la valorización de los residuos urbanos.

Segundo.—Que reconocen que la proximidad de sus municipios facilita el acceso de los vecinos a las instalaciones del Punto Limpio de San Lorenzo de El Escorial.

Tercero.—Que consideran ventajoso para ambos Ayuntamientos y sus vecinos el uso de las instalaciones del Punto Limpio de San Lorenzo de El Escorial, sito en la calle Panaderos, sin número (polígono industrial “Matacuervos”), basado en el principio de promover la educación ambiental y el cuidado de un entorno natural privilegiado que comparten ambos municipios, facilitando el acceso responsable al reciclaje y la valorización de los residuos urbanos.

Cuarto.—Que la firma de un convenio de cooperación interadministrativa, para la prestación en común de servicios obligatorios, cumple con los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, mejorando la eficiencia de la gestión pública, siendo acorde a lo establecido en el artículo 57 de la Ley 7/1985, Reguladora de Bases del Régimen Local, en la redacción dada por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.

ACUERDAN

Primero.—Los vecinos de El Escorial tendrán libre acceso al Punto Limpio de San Lorenzo de El Escorial a fin de poder depositar de forma seleccionada aquellos residuos urbanos con dicha consideración a fin de que se pueda proceder al reciclaje y valorización de los mismos.

Segundo.—Las condiciones, normas de utilización y horarios aplicables a los vecinos de El Escorial en el Punto Limpio de San Lorenzo de El Escorial serán los mismos que se vienen aplicando a los propios vecinos de San Lorenzo de El Escorial, en lo relativo a las tasas municipales por su utilización, comprometiéndose el Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial a modificar la ordenanza municipal reguladora para que en la misma quede reflejada dicha igualdad.

Tercero.—El período de vigencia de este convenio es de dos años desde su aprobación por los órganos competentes de ambos municipios, prorrogándose tácitamente por períodos anuales si no mediara denuncia previa en el plazo de los treinta días anteriores a la fecha de su término hasta otro máximo de dos años.

Cuarto.—El Ayuntamiento de El Escorial se compromete a abonar el importe de 18.366 euros anuales a partir del ejercicio presupuestario de 2019 (quedando en 2018 la cantidad de 15.000 euros del anterior convenio). Dicha cantidad se corresponde con un cuarto del estudio económico de los costes del servicio de Punto Limpio que presenta el Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial y que se presenta como anexo.

Dicha cantidad será actualizada, anualmente, de acuerdo con la evolución del IPC.

Quinto.—Ayuntamiento de El Escorial realizará el abono en dos partes iguales de vencimiento semestral, una en el mes de marzo de cada ejercicio, coincidiendo el primer pago con la firma del presente convenio, y otro a los seis meses, en el mes de septiembre de cada ejercicio.

En prueba de conformidad con su contenido es firmado por ambas partes, por duplicado ejemplar, en lugar y fecha “ut-supra”.—La alcaldesa-presidenta, Blanca Juárez Lorca.—El alcalde-presidente, Antonio Vicente Rubio.

Contra el presente acuerdo, que agota la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación del mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro que se estime conveniente.

En El Escorial, a 12 de julio de 2018.—El concejal-delegado de Medio Ambiente, Ignacio Belaunde Ausejo.

(03/25.142/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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