Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 181

Fecha del Boletín 
31-07-2018

Sección 1.3.36.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180731-16

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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ORDEN 485/2018, de 18 de julio, del Vicepresidente, Consejero de Presidencia y Portavoz del Gobierno, por la que se modifica la Orden 1/2018, de 30 de mayo, del Vicepresidente, Consejero de Presidencia y Portavoz del Gobierno, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el protectorado de fundaciones.

Mediante Orden 1/2018, de 30 de mayo, del Vicepresidente, Consejero de Presidencia y Portavoz del Gobierno, se delegó el ejercicio de determinadas competencias la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones.

Con el fin de continuar facilitando la gestión administrativa, de acuerdo con los principios generales de eficacia y eficiencia, se considera oportuno modificar la delegación de competencias indicada.

Haciendo uso de las facultades conferidas por el artículo 52 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,

DISPONGO

Artículo único

Modificación de la Orden 1/2018, de 30 de mayo, del Vicepresidente, Consejero de Presidencia y Portavoz del Gobierno, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones

La Orden 1/2018, de 30 de mayo, del Vicepresidente, Consejero de Presidencia y Portavoz del Gobierno, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, queda modificada como sigue:

Uno. Se modifica el número 2 del apartado duodécimo, que queda redactado de la siguiente forma:

“2. Respecto a la activación y dirección del Plan INFOMA, se delega en el Jefe del Cuerpo de Bomberos el nivel 0, en el titular de la Dirección General de Emergencias el nivel 1 y en el titular de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 el nivel 2”.

Dos. Se modifica la letra e) del apartado decimocuarto, que queda redactada de la siguiente forma:

“e) Encomendar a medios propios personificados, en los términos previstos en el artículo 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, la ejecución de los encargos que realice esta Consejería, en materias de competencia de la Dirección General de Administración Local, fijando y concretando los términos en virtud de los cuales se realizarán estos encargos”.

Tres. Se añade un nuevo apartado, decimocuarto bis, que queda redactado de la siguiente forma:

“Decimocuarto bis. En materia de colegios profesionales.—Se delega en el Director General de Seguridad, Protección Civil y Formación, la resolución de los procedimientos de inscripción en el Registro de Colegios Profesionales de la Comunidad de Madrid, así como de cambio de denominación de los colegios profesionales, de conformidad con la normativa vigente en esta materia”.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Eficacia

1. La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

2. Quedan sin efecto cuantas disposiciones se opongan a lo establecido en la presente Orden.

Madrid, a 18 de julio de 2018.

El Vicepresidente, Consejero de Presidencia y Portavoz del Gobierno, PEDRO MANUEL ROLLÁN OJEDA

(03/25.252/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.36.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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