Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 181

Fecha del Boletín 
31-07-2018

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180731-119

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

119
Madrid número 21. Procedimiento 68 de 2018, notificación a Artepubli Conexión Integral, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. ARACELI CRESPO PASCUAL LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 21 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 68/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. FRANCISCA CALDERON TORRERO frente a ARTEPUBLI CONEXION INTEGRAL SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO

Que ESTIMANDO la demanda interpuesta a instancia de Dª Francisca Calderón Torrero, contra la empresa “ARTEPUBLI CONEXIÓN INTEGRAL S.L.”, que no comparece, pese a estar citado en forma, con citación a FOGASA que tampoco comparece, debo DECLARAR Y DECLARO LA IMPROCEDENCIA DEL DESPIDO con efectos del día 27 de noviembre de 2017, Y LA EXTINCIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL existente entre Dª Francisca Calderón Torrero y la mercantil “ARTEPUBLI CONEXIÓN INTEGRAL S.L.”, desde la fecha de la presente resolución, 05/07/2018, condenando a la demandada al abono a la actora, en concepto de indemnización, la cantidad de 5.645,48 euros, y en concepto de salarios de tramitación, la cantidad de 10.036,4 euros

Se advierte a la partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con nº 2519-0000-61-0068-18 del BANCO DE SANTANDER aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el BANCO DE SANTANDER o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Así lo acuerda, manda y firma, la Dña. Silvia Plaza Ballesteros, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Nº 21 de Madrid.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ARTEPUBLI CONEXION INTEGRAL SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a seis de julio de dos mil dieciocho.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/23.656/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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