Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 180

Fecha del Boletín 
30-07-2018

Sección 1.3.200.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180730-28

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD DE ALCALÁ

28
EXTRACTO del Acuerdo de 19 de julio de 2018, de Consejo de Gobierno de la Universidad de Alcalá, por el que se convoca el XI Concurso de Ideas para la Creación de Empresas de Base Tecnológica-UAH.

BDNS (Identif.): 409462

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero

Beneficiarios

Podrá participar cualquier emprendedor o equipo de emprendedores, en el que al menos uno de sus miembros sea Personal Docente e Investigador o Personal de Administración y Servicios de la UAH, el cual debe mantener una relación contractual en la Universidad de Alcalá (UAH) al día de cierre de la convocatoria, y cuyas ideas de negocio tengan carácter científico tecnológico y hayan sido desarrolladas dentro del entorno académico, de investigación y empresarial de la Universidad.

Segundo

Objeto

La UAH convoca la décimo primera edición del Concurso de Ideas para la Creación de Empresas de Base Tecnológica, mediante el cual se pretende incentivar la concepción y consolidación de ideas con potencial para convertirse en empresas de base científico-tecnológica a partir de los resultados de investigación de esta Universidad.

Tercero

Bases reguladoras

La información relativa a la convocatoria puede encontrarse en la página web de la universidad (https://portal.uah.es/portal/page/portal/investigacion/financiacion/ programa_propio/creacion_empresas).

Cuarto

Cuantía

En la 1.a fase del concurso, los proyectos mejor valorados serán premiados con un curso de formación de emprendedores, impartido por la Escuela de Emprendimiento de la Universidad de Alcalá.

En la 3.a fase del concurso, se concederá un premio y un accésit, con la siguiente dotación:

— Primer premio: 3.000 euros (impuestos incluidos) más un servicio para la elaboración de su plan de empresa promovido por la Fundación Madri+d para el conocimiento, el alojamiento gratuito durante seis meses en la incubadora de proyectos de un Parque Científico y Tecnológico y la posibilidad de presentación ante un foro de inversión1.

— Accésit: 1.000 euros (impuestos incluidos) y la posibilidad de presentación ante un foro de inversión2.

(1) Los servicios de asesoramiento e incubadora se podrán disfrutar en los seis meses siguientes a la entrega de los premios.

(2) En el caso de que el equipo galardonado con el primer premio renuncie al alojamiento en la incubadora de proyectos, este servicio se podrá conceder al accésit.

Quinto

Plazo y presentación de solicitudes

El plazo de presentación de candidaturas, para la 1.a fase del concurso, finalizará el 4 de octubre de 2018.

La solicitud de participación deberá ser presentada por una persona de la comunidad universitaria (Personal Docente e Investigador o Personal de Administración y Servicios) de la UAH, y se acompañará de la siguiente documentación:

— Presentación de la idea de empresa, en una extensión no superior a 2.000 palabras.

— Copia del DNI o documento equivalente.

— “Curriculum vitae” abreviado de los componentes del equipo y su papel en el mismo (máximo 500 palabras por CV).

Las solicitudes se presentarán ante el Registro Central o en los Registros periféricos de la Universidad de Alcalá dirigidas a la OTRI-UAH bajo la denominación “11.o Concurso de Ideas para la Creación de Empresas de Base Tecnológica-UAH”. Para la 3.a fase del concurso (presentación del Plan de Empresa), el plazo de entrega de la documentación se establecerá en el transcurso del ciclo formativo.

Sexto

Otros datos

El proceso de participación en el concurso, se distribuye en tres fases:

1.a fase. Presentación y preselección de solicitudes:

a) El equipo promotor deberá presentar su idea de empresa, junto con el resto de documentación que se especifica en el apartado 4.2 de esta convocatoria.

b) El Comité Técnico (constituido por personal de la OTRI) del concurso estudiará las solicitudes presentadas y realizará una primera selección de los mejores proyectos.

2.a fase. Formación y presentación de planes de empresa:

— Los proyectos preseleccionados en la fase 1.b) recibirán un curso de formación de emprendedores, impartido por la Escuela de Emprendimiento de la UAH.

3.a fase. Selección final:

— Los planes de empresa desarrollados, serán presentados ante el Comité Evaluador y podrán optar a los premios.

Adjudicaciones y criterios de selección. Los criterios para la evaluación de los proyectos, dependiendo de la fase del concurso, serán los siguientes:

1.a fase: Innovación y viabilidad del proyecto. Se desestimarán todas aquellas ideas que no sean innovadoras o viables técnica y económicamente.

3.a fase:

— Experiencia de los solicitantes dentro del área de desarrollo.

— Capacidad científica, tecnológica y experimental de los promotores del proyecto

— Grado de innovación, desarrollo y diferenciación del producto y/o servicio.

— Viabilidad técnica, económica y financiera del proyecto.

— Conocimiento del mercado y la competencia e integración de la propuesta en los mismos.

Recursos: La presente resolución agota la vía administrativa, y contra ella cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de lo anterior, la presente resolución podrá ser recurrida, potestativamente, en reposición ante el Consejo de Gobierno de la Universidad de Alcalá en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Alcalá de Henares, a 23 de julio de 2018.—El Vicerrector de Investigación y Transferencia, Francisco Javier de la Mata de la Mata.

(03/25.579/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.200.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180730-28