Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 180

Fecha del Boletín 
30-07-2018

Sección 1.3.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180730-20

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y FAMILIA

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RESOLUCIÓN de 24 de julio de 2018, de la Dirección General de Servicios Sociales e Integración Social, por la que se hacen públicos los listados definitivos de entidades admitidas y excluidas al proceso de elecciones a Vocales de la Mesa de Diálogo de la Población Gitana de la Comunidad de Madrid.

Con fecha 24 de mayo de 2018 se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la Orden 711/2018, de 17 de mayo, de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, por la que se regula el procedimiento de elección de las organizaciones del movimiento asociativo gitano y de organizaciones no gubernamentales que en sus estatutos prevean la promoción y la mejora de la calidad de vida de la población gitana, que van a formar parte de la Mesa de Diálogo de la Población Gitana de la Comunidad de Madrid, y respecto de dicho procedimiento tenemos los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

La citada Orden 711/2018 establece en su artículo 5 un plazo de diez días hábiles para que las entidades interesadas presenten sus solicitudes de participación en el proceso, durante el cual se presentaron 16 solicitudes.

Segundo

Revisadas dichas solicitudes, en base a lo previsto en el artículo 5.7 de la Orden 711/2018, la Dirección General de Servicios Sociales e Integración Social procedió a requerir determinada documentación para subsanar las solicitudes presentadas.

Tercero

Finalizado dicho plazo y revisada la documentación aportada en fase de subsanación, todas las entidades solicitantes aportaron la documentación exigida en el artículo 6 de la Orden 711/2018, para concurrir al proceso de elecciones convocado.

Cuarto

Con fecha 5 de julio de 2018 esta Dirección General dictó Resolución por la que se hacían públicos los listados provisionales de entidades admitidas y excluidas al proceso de elecciones a vocales de la mesa de diálogo de la población gitana de la Comunidad de Madrid. Estos listados fueron oportunamente notificados a las entidades solicitantes y publicados en la página web de la Comunidad de Madrid, tal y como establece el artículo 7 de la Orden 711/2018, concediéndose un plazo de diez días hábiles para presentar alegaciones.

Quinto

Vencido dicho plazo, y examinadas las alegaciones presentadas, procede la publicación de los correspondientes listados definitivos de entidades admitidas y excluidas al proceso de elecciones a vocales de la mesa de diálogo de la población gitana de la Comunidad de Madrid.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único

Conforme a lo establecido en el artículo 7.2 de la Orden 711/2018, concluido el período de alegaciones a los listados provisionales y resueltas las mismas, se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, la Resolución con las listas definitivas tanto de Votantes como de Candidatos. Asimismo, la Dirección General competente en materia de servicios sociales, procederá en dicha Resolución a indicar el lugar y fecha del acto de elección de las vocalías, que en ningún caso deberá postergarse más de un mes desde la fecha de publicación de las listas definitivas.

Visto todo lo cual, vengo en

RESOLVER

Primero

Aprobar los anexos adjuntos a la presente resolución en los que se hacen públicos los listados definitivos de entidades admitidas al procedimiento de elección de las organizaciones del movimiento asociativo gitano y de organizaciones no gubernamentales que en sus estatutos prevean la promoción y la mejora de la calidad de vida de la población gitana, que van a formar parte de la Mesa de Diálogo de la Población Gitana de la Comunidad de Madrid.

Segundo

La votación se realizará el día 31 de julio de 2018, de 9:00 a 14:00 horas en las dependencias de la Dirección General de Servicios Sociales e Integración Social, sitas en Madrid, calle Los Madrazo, número 34.

Finalizado el proceso de votación, a las 14:00 horas se procederá a la apertura de la urna y al recuento de votos, acto al que podrán asistir las entidades participantes en el proceso.

Tercero

El voto será ejercido, en nombre de las entidades votantes, por las personas indicadas en los Anexos I y II de esta Resolución, para lo cual y para poder identificarse, deberán acudir a la votación provistas de su documento nacional de identidad (DNI) o número de identidad de extranjero (NIE).

Madrid, a 24 de julio de 2018.—La Directora General de Servicios Sociales e Integración Social, Encarnación Rivero Flor.







(03/25.685/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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