Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 180

Fecha del Boletín 
30-07-2018

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180730-151

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28

151
Madrid número 28. Ejecución 27 de 2014, notificación a Natuba, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. REBECA BALLESTEROS HERRERO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 28 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 27/2014 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. SILVIA DE LA HERA ALONSO, D./Dña. ANA MARIA PEREZ TAMAYO, D./Dña. MARIA TERESA ALONSO GONZALEZ y D./Dña. MARZENNA BICULEWICZ frente a NATUBA SL sobre Ejecución Forzosa del Laudo Arbitral se ha dictado la siguiente resolución:

AUTO

En Madrid, a veintiocho de junio de dos mil dieciocho.

PARTE DISPOSITIVA

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, D./Dña. MARIA TERESA ALONSO GONZALEZ D./Dña. ANA MARIA PEREZ TAMAYO, D./Dña. MARZENNA BICULEWICZ D./Dña. SILVIA DE LA HERA ALONSO , frente a la demandada NATUBA SL, parte ejecutada, por las cantidades que a continuación se expresan:

SILVIA DE LA HERA ALONSO: 4.553,08 euros de principal y 455,30 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

ANA Mª PÉREZ TAMAYO: 4.553,08 euros de principal y 455,30 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Mª TERESA ALONSO GONZÁLEZ: 4.509,45 euros de principal y 4550,94 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

MARCENNA BICULEWICZ: 4.553,08 euros de principal y 455,30 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 2526-0000-64-0027-14.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez

D./Dña. LUIS MARTÍN DE NICOLÁS MUÑOZ.

EL MAGISTRADO-JUEZ

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a NATUBA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

En Madrid, a tres de julio de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/23.577/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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