Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 178

Fecha del Boletín 
27-07-2018

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180727-66

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

66
Alcobendas. Régimen económico. Modificación presupuestaria

En la Intervención de esta Entidad Local y conforme disponen los artículos 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en relación con el artículo 169.2 del mismo texto; y 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se ha expuesto al público, a efectos de reclamaciones, el expediente de modificación presupuestaria que se indica a continuación, aprobado por el Ayuntamiento Pleno en sesión de 26 de junio de 2018 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 2 de julio) y que afecta al vigente presupuesto de la Entidad. La modificación y su resumen por capítulos es la siguiente:

— Crédito extraordinario número 5/2018, financiado con baja por anulación de créditos:

Finalizado el plazo no se ha presentado reclamación alguna, por lo que el citado acuerdo se eleva a definitivo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Asimismo, en virtud del artículo 171.1 del citado Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer directamente contra el referenciado expediente de modificación del presupuesto general recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Alcobendas, a 24 de julio de 2018.—El secretario general del pleno, accidental (por resolución de la DGAL, de la Comunidad de Madrid, de 28 de junio de 2018), Joaquín Emilio Tejeiro Trompeta.

(03/25.866/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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