Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 178

Fecha del Boletín 
27-07-2018

Sección 1.3.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180727-17

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y HACIENDA

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ORDEN de 17 de julio de 2018, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se modifican los apartados segundo y tercero de la Orden de 9 de agosto de 2016, modificada por la Orden de 18 de octubre de 2017, por la que se designa a las entidades participantes y a los representantes de la Administración Pública madrileña en la Mesa del Autónomo y la Economía Social de la Comunidad de Madrid.

Por Acuerdo de 8 de marzo de 2016, del Consejo de Gobierno, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de marzo, se creó la Mesa del Autónomo y de la Economía Social de la Comunidad de Madrid como mecanismo de interlocución estable con los distintos sectores.

La Orden de 9 de agosto de 2016, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda designó a las entidades participantes y a los representantes de la Administración Pública madrileña en la Mesa del Autónomo y la Economía Social de la Comunidad de Madrid.

Posteriormente, tras la solicitud de participación en la Mesa del Autónomo y la Economía Social de otra entidad que cumplía los requisitos establecidos en el citado Acuerdo de 8 de marzo, se dictó la Orden de 18 de octubre de 2018, que modificaba la Orden de 9 de agosto de 2016, incorporando a la entidad solicitante. Esta Orden, además, incluyó de nuevo la necesidad de incorporar a otra entidad, en calidad de invitada, al amparo de la letra h) del apartado tercero del Acuerdo de 8 de marzo, con objeto de garantizar la representatividad de todos los sectores de la economía social.

Habiendo recibido solicitud formal de incorporación a la Mesa por parte de una de las entidades que actualmente figura como invitada, y cumpliendo los requisitos necesarios previstos, procede modificar la Orden de 9 de agosto de 2016, modificada por la Orden de 18 de octubre de 2018, con objeto de incorporar a dicha entidad como miembro formal.

En su virtud, en uso de las facultades conferidas en el Decreto 193/2015, de 4 de agosto, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda de la Comunidad de Madrid, y el Acuerdo de 8 de marzo de 2016, por el que se crea la Mesa del Autónomo y de la Economía Social de la Comunidad de Madrid,

RESUELVO

Primero

Modificar el apartado segundo de la Orden de 9 de agosto de 2016, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, modificada por la Orden de 18 de octubre de 2017, por la que se designa a las entidades participantes y a los representantes de la Administración Pública madrileña en la Mesa del Autónomo y la Economía Social de la Comunidad de Madrid, que queda redactado de la siguiente forma:

1. En representación de las asociaciones representativas de trabajadores autónomos:

— Asociación de Trabajadores Autónomos de la Comunidad de Madrid (ATA-Madrid).

— Asociación Madrileña de Trabajadores Autónomos (AMTAS-UPTA).

— Federación Intersectorial de Asociaciones de Autónomos de la Comunidad de Madrid (CEAT Madrid).

— Unión de Asociaciones de Trabajadores Autónomos y Emprendedores de Madrid (UATAE Madrid).

2. En representación de las asociaciones representativas de la economía social:

— Agrupación de Sociedades Laborales de Madrid (ASALMA).

— FECOMA (Federación de Cooperativas y de la Economía Social de Madrid).

3. En representación de las organizaciones sindicales y empresariales:

— CC OO de Madrid y UGT-Madrid.

— CEIM Confederación Empresarial de Madrid-CEOE.

Segundo

Modificar el apartado tercero de la Orden de 9 de agosto de 2016, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, modificada por la Orden de 18 de octubre de 2017, por la que se designa a las entidades participantes y a los representantes de la Administración Pública madrileña en la Mesa del Autónomo y la Economía Social de la Comunidad de Madrid, que queda redactado de la siguiente forma:

A fin de completar la representatividad de todos los sectores contemplados en la Mesa, se considera pertinente, por razón de la materia, la participación de las siguientes entidades:

— AMEI (Asociación Madrileña de Empresas de Inserción).

— ACEEM (Asociación de Centros Especiales de Empleo de Madrid).

Tercero

La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de julio de 2018.

La Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, ENGRACIA HIDALGO TENA

(03/25.661/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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