Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 176

Fecha del Boletín 
25-07-2018

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180725-41

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible

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Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible. Proyecto urbanización mejora entorno Estadio Santiago Bernabéu

Aprobación definitiva del Proyecto de Urbanización del Plan Especial de Mejora del Medio Urbano y Ordenación Pormenorizada del Estadio Santiago Bernabéu promovido por el Real Madrid Club de Fútbol. Distrito de Chamartín.—Expediente 711/2017/17.093.

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión celebrada el día 21 de junio de 2018, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.—Desestimar las alegaciones presentadas, en los términos y por las razones que figuran en el Informe de la Dirección General del Espacio Público, Obras e Infraestructuras, de 14 de junio de 2018.

Segundo.—Aprobar definitivamente el Proyecto de Urbanización del Plan Especial de mejora del medio urbano y ordenación pormenorizada del Estadio Santiago Bernabéu, promovido por Real Madrid Club de Fútbol, con un presupuesto de ejecución por contrata de 19.392.965,10 euros, IVA incluido. Distrito de Chamartín.

Tercero.—Establecer las obras en seis etapas, con un presupuesto de ejecución material para la Etapa 1 de 937.825,39 euros; para la Etapa 2, de 764.180,78 euros; para la Etapa 3, de 696.613,10 euros; para la Etapa 4, de 798.430,45 euros; para la Etapa 5, de 609.742,56 euros, y para la Etapa 6, de 9.661.479,89 euros, conforme al informe de la Dirección General del Espacio Público, Obras e Infraestructuras.

Cuarto.—El plazo de ejecución de las obras se fija en cuarenta y cuatro meses, siendo cinco meses para la Etapa 1, tres meses para la Etapa 2, tres meses para la Etapa 3, tres meses para la Etapa 4, cuatro meses para la Etapa 5 y ocho meses para la Etapa 6, desde la firma de las respectivas Actas de Replanteo, y el plazo de garantía será de dos años a partir de la fecha de recepción de las obras por el Ayuntamiento de Madrid.

Lo que se comunica para general conocimiento, significándoles que el referido acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso potestativo de reposición ante la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112, 123, y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, podrá ser impugnado directamente ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por la Ley 19/2003, de 23 de diciembre, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Madrid, a 4 de julio de 2018.—La secretaria de la Junta de Gobierno, Rita Maestre Fernández.

(02/24.243/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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