Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 175

Fecha del Boletín 
24-07-2018

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180724-137

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29

137
Madrid número 29. Procedimiento 1.197 de 2017, notificación a Distribuciones y Talleres del Automóvil, S. A. y otros

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ELENA MÓNICA DE CELADA PEREZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 29 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 1197/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de FLOWSERVE SPAIN SL frente a D./Dña. MARIA DEL CARMEN FERNANDEZ FERNANDEZ, DYTA CONCESIONARIA SL, DISTRIBUCIONES Y TALLERES DEL AUTOMOVIL S.A., INDUSTRIAS DE MANUTENCION Y MONTAJES S.A., INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL, DIRECCION PROVINCIAL DE ASTURIAS, ZURBANO 26 S.L., INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, DIRECCION PROVINCIAL DE ASTURIAS, REPARACIONES Y MONTAJES S.A., TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (TGSS) y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL sobre Seguridad social se ha dictado la siguiente resolución:

NÚMERO RESOLUCIÓN: 69/2018

AUTO 69/2018

En Madrid, a 22 de junio de 2018.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- En el Decanato de los Juzgados de lo Social de Madrid, en fecha 30/10/2017, la empresa FLOWSERVE SPAIN SLU presentó demanda en materia de recargo de prestaciones de la Seguridad Social, cuyo conocimiento correspondió a este Juzgado.

PARTE DISPOSITIVA

PROCEDE DECLARAR Y DECLARO LA INCOMPETENCIA TERRITORIAL DE ESTE ÓRGANO JURISDICCIONAL SOCIAL PARA CONOCER Y RESOLVER LA PRETENSIÓN DEDUCIDA EN EL PRESENTE PROCEDIMIENTO; SIN PERJUICIO DEL PLANTEAMIENTO DE LA MISMA POR LA PARTE ACTORA, SI A SU DERECHO INTERESA, ANTE LOS JUZGADOS DE LO SOCIAL DE OVIEDO (ASTURIAS).

ASIMISMO, SE DEJA SIN EFECTO EL SEÑALAMIENTO DEL ACTO DEL JUICIO DEL DÍA 03/07/2018 A LAS 9:40 HORAS.

Firme que sea la presente, procédase al archivo de estas actuaciones.

Notifíquese esta resolución a las partes del procedimiento.

Se advierte a las partes que contra este Auto puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta 2802-0000-62-1197-17 del Banco BANCO DE SANTANDER aportando el resguardo acreditativo. Si el recurrente fuese Entidad Gestora y hubiere sido condenada al abono de una prestación de Seguridad Social de pago periódico, al anunciar el recurso deberá acompañar certificación acreditativa de que comienza el abono de la misma y que lo proseguirá puntualmente mientras dure su tramitación. Si el recurrente fuere una empresa o Mutua Patronal que hubiere sido condenada al pago de una pensión de Seguridad Social de carácter periódico deberá ingresar el importe del capital coste en la Tesorería General de la Seguridad Social previa determinación por esta de su importe una vez le sea comunicada por el Juzgado.

Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma la Ilma. Sr. Dª. Sonia López Ramallo, Magistrada-Juez Sustituta del Juzgado de lo Social número 29 de Madrid, de lo que yo, el Secretario judicial, doy fe.

D./Dña. SONIA LÓPEZ RAMALLO

EL MAGISTRADO-JUEZ

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a DISTRIBUCIONES Y TALLERES DEL AUTOMOVIL S.A., REPARACIONES Y MONTAJES S.A. e INDUSTRIAS DE MANUTENCION Y MONTAJES S.A., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dos de julio de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/22.907/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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