Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 172

Fecha del Boletín 
20-07-2018

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180720-83

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 7

83
Parla número 7. Procedimiento 757 de 2016, notificación a Olha Rymar y otros

EDICTO

Don José Francisco Ramos Alonso, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 7 de Parla.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 757 de 2016, instados por el procurador don Alejandro Pinilla Martín, en nombre y representación de comunidad de propietarios de la calle Cuenca, número 41, de Parla, contra Olha Rymar y Vasyl Rymar, en reclamación de 3.045 euros, en los que se ha dictado, en fecha 24 de abril de 2018, sentencia que, en extracto, es del tenor literal siguiente:

Sentencia número 83 de 2018

Parla, a 24 de abril de 2018.—El magistrado-juez, José Manuel García Marfil.

Don José Manuel García Marfil, juez del Juzgado de primera instancia número 7 de Parla y de su partido judicial, vistos los presentes autos de juicio verbal, registrados con el número 757 de 2016, promovidos a instancias de comunidad de propietarios del edificio sito en Parla, calle Cuenca, número 41, representada por el procurador de los Tribunales señor Pinilla Martín, y bajo la dirección letrada del señor Rodríguez, frente a Vasyl Rymar y Olha Rymar , en situación de rebeldía procesal, que tiene por objeto una acción de reclamación de pago de cuotas de sostenimiento y gastos generales de la comunidad de propietarios, en virtud de las facultades que me han sido otorgadas por la Constitución, dicto la presente sentencia.

Fallo

Que estimando íntegramente como estimo la demanda interpuesta por la comunidad de propietarios del edificio sito en Parla, calle Cuenca, número 41, representada por el procurador de los Tribunales señor Pinilla Martín, frente a Vasyl Rymar y Olha Rymar, declarados en situación procesal de rebeldía, la cual versa sobre reclamación de cantidad, y, en consecuencia, condeno a la demandada a abonar la actora la suma de 3.045 euros, más el interés legal de dicha cantidad desde la interpelación judicial.

Se imponen a la demandada las costas ocasionadas en el presente pleito.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma pueden interponer por escrito en este Juzgado recurso de apelación en el plazo de veinte días a partir de su notificación, del cual conocerá la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, debiendo, en su caso, previamente consignar en la cuenta del Juzgado el depósito de 50 euros previsto por la Ley.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandados Olha Rymar y Vasyl Rymar, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Parla, a 24 de abril de 2018.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/15.428/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180720-83