Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 172

Fecha del Boletín 
20-07-2018

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180720-62

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDEMORO

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Valdemoro. Régimen económico. Precios públicos publicidad revista municipal

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de abril de 2018, aprobó por unanimidad, con los votos a favor de C’s (6), PP (4), PSOE (4), GaV (4), IU (2), Proyecto TUD (3), y concejal no adscrito (1) el siguiente acuerdo, que a su tenor literal dice:

ACUERDO DE ESTABLECIMIENTO DE PRECIOS PÚBLICOS POR INSERCIÓN DE PUBLICIDAD EN LA REVISTA MUNICIPAL

La siguiente propuesta de modificación de precios públicos sustituye a la actualmente en vigor aprobada por la Junta de Gobierno Local de fecha 31 de agosto de 2011 y modificada el 29 de diciembre de 2011, de conformidad con el artículo 7 de la “Ordenanza general de gestión, inspección y recaudación de los tributos y otros ingresos de derecho público locales” para el establecimiento o modificación de precios públicos.

Propuesta que se realiza:

Condiciones generales de inserción:

El importe del precio público por inserción en la publicación quincenal municipal o cualquier otra publicación del Ayuntamiento se ve reflejada en la anterior tabla adjunta. Estos precios serán incrementados con el tipo de IVA legal aplicable.

La entrega del anuncio por parte del anunciante se realizará en cualquiera de los siguientes formatos:

a) JPG con resolución de 300 ppp.

b) TIFF con resolución de 300 ppp.

c) PDF. En caso de incluir imágenes, estas deberán contar con una resolución de 300 ppp.

El anunciante deberá proporcionar el arte final de los anuncios, en cualquiera de los formatos, con una sangría de 3 milímetros por cada lado.

Los precios de los distintos formatos de anuncios están dispuestos sin determinar emplazamiento. La elección de emplazamiento tendrá el recargo que con anterioridad se especifica.

Los originales de publicidad deberán recibirse en el Departamento de Comunicación del Ayuntamiento de Valdemoro dos semanas antes de la fecha de reparto del número en que se desea su inserción. La suspensión de una orden de publicidad deberá comunicarse dos semanas antes de la fecha de reparto de la publicación.

La inserción de un anuncio se justificará mediante el envío al cliente de un ejemplar de la edición donde apareció publicado.

La dirección se reserva el derecho de retrasar la inserción de los anuncios que, en caso de exceso de originales, no pudieran publicarse en la fecha ordenada.

La obligación de pago del precio público nace al autorizarse la prestación del servicio, atendiendo a la petición formulada por el interesado.

El pago de dicho precio público se efectuará al firmar el contrato y antes de la prestación del servicio.

El Ayuntamiento de Valdemoro se reserva el derecho de no publicar anuncios si a su juicio no los considera éticos, pudieran herir la sensibilidad de los lectores o ser engañosos, así como aquellos que no encajen en la línea editorial de la publicación municipal. Dado su carácter institucional, no se publicarán anuncios de contenido político.

El hecho de firmar la orden de publicación implica el conocimiento y la aceptación de las condiciones generales.

A la vista de los informes y la Memoria Económico-Financiera de fecha 22 de marzo de 2018 emitidos por el director de Comunicación y el informe de la Intervención, se propone la adopción de los siguientes acuerdos:

Primero.—Derogar la relación de precios públicos hasta ahora vigentes aprobados por la Junta de Gobierno Local de 31 de agosto de 2011 y su modificación del 29 de diciembre de 2011.

Segundo.—Aprobar la relación de precios públicos que con anterioridad se ha expresado.

Tercero.—Dar al expediente la tramitación y publicidad necesaria mediante la preceptiva publicación.

En Valdemoro, a 2 de julio de 2018.—El alcalde, Serafín Faraldos Moreno.

(03/23.877/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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