Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 172

Fecha del Boletín 
20-07-2018

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180720-48

Páginas: 5


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARGANDA DEL REY

RÉGIMEN ECONÓMICO

48
Arganda del Rey. Régimen económico. Presupuesto general 2018

En cumplimiento del artículo 169 del texto refundido de la Ley Reguladora de la Haciendas Locales; Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y del artículo 127 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, se hace público que, habiendo transcurrido el plazo reglamentario de quince días hábiles de exposición pública del expediente del Presupuesto Municipal 2018, aprobado provisionalmente en sesión de Pleno celebrada el 18 de junio 2018, y no habiéndose registrado reclamaciones al mismo, se aprueba de forma definitiva el presupuesto general de la entidad para 2018, comprensivo del Ayuntamiento de Arganda del Rey y estado de previsión inicial de gastos e ingresos de la “Empresa de Servicios Municipales de Arganda Sociedad Anónima”, la plantilla de personal, así como las bases de ejecución, siendo el contenido resumido por capítulos de dicho presupuesto general y el contenido literal de la plantilla el que se dice a continuación.







Contra el presente acuerdo, al ser una disposición de carácter general no cabe recurso alguno en vía administrativa, solo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime conveniente.

Arganda del Rey, a 17 de julio de 2018.—La Concejala de Hacienda, Régimen Interior e Igualdad, Ana María Sabugo Marcello.

(03/24.994/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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