Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 172

Fecha del Boletín 
20-07-2018

Sección 1.4.56.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180720-21

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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RESOLUCIÓN de 27 de junio de 2018, de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se somete a información pública el Proyecto de deslinde de las vías pecuarias del término municipal de Fresno de Torote (Cañada Real de Merinas).

Examinado el Fondo Documental del Área de Vías Pecuarias en relación con las vías pecuarias del término municipal de Fresno de Torote (Madrid), se desprenden los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

El Proyecto de Clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Fresno de Torote (Madrid) fue aprobado por Orden Ministerial de 29 de marzo de 1953.

Segundo

Por Orden 4843/17, de 27 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, se inició el procedimiento de deslinde de las vías pecuarias del término municipal de Fresno de Torote (Cañada Real de Merinas), publicándose en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 22, de 26 de enero de 2018.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La Ley 8/1998, de 15 de junio, de la Comunidad de Madrid, regula las vías pecuarias existentes en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, en el marco de la legislación básica del Estado (Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias).

Segundo

De conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, “el deslinde es el acto administrativo por el que se definen los límites de las vías pecuarias de conformidad con lo establecido en el acto de la clasificación”.

Asimismo, el artículo 15 de la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid, establece que “mediante el acto de deslinde la Comunidad define los límites de las Vías Pecuarias previamente clasificadas”.

Tercero

El trámite de información pública se encuentra previsto en el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Esta Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, en base a las competencias atribuidas por el Decreto 58/2018, de 21 de mayo, del Presidente de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 121, de 22 de mayo de 2018); el Decreto 59/2018, de 24 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmente las competencias y estructura orgánica de algunas Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 124, de 25 de mayo de 2018), y el Decreto 84/2018, de 5 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 138, de 11 de junio de 2018).

RESUELVE

Primero

Someter al trámite de información pública de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, el Proyecto de deslinde de las vías pecuarias del término municipal de Fresno de Torote (Cañada Real de Merinas).

Segundo

Una vez publicada la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, el proyecto de deslinde podrá consultarse en el portal institucional en la ruta http://www.madrid.org/transparencia/

Asimismo, dicho proyecto estará expuesto en las oficinas del Área de Vías Pecuarias de esta Dirección General, sita en Gran Vía, número 3, planta tercera (28013 Madrid), en horario de nueve a catorce, de lunes a viernes.

Tercero

Durante dicho plazo se podrán presentar las alegaciones que se estimen oportunas ante la Dirección General Agricultura, Ganadería y Alimentación, en estas dependencias o en cualquiera de los organismos que recoge el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, a 27 de junio de 2018.—El Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, José Luis Sanz Vicente.

(03/23.950/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.56.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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