Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 172

Fecha del Boletín 
20-07-2018

Sección 1.4.56.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180720-20

Páginas: 13


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

20
ORDEN 202/2018, de 28 de junio, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se resuelve el expediente de amojonamiento del monte demanial denominado “Perímetro de Buitrago” del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid, sito en los términos municipales de Buitrago del Lozoya y Piñuecar y de pertenencia a la Comunidad de Madrid.

Examinado el Expediente de amojonamiento del monte demanial denominado “Perímetro de Buitrago” del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid, sito en los términos municipales de Buitrago del Lozoya y Piñuécar, y de pertenencia a la Comunidad de Madrid, con todas las actuaciones realizadas, visto que en su tramitación y ejecución se ha cumplido lo establecido en la legislación vigente y, visto el Informe-Propuesta del Jefe del Área de Conservación de Montes, con la conformidad del Director General del Medio Ambiente y Sostenibilidad, en virtud de las atribuciones que me confiere el Decreto 59/2018, de 24 de mayo, del Consejo de Gobierno por el que se modifican parcialmente las competencias y la estructura orgánica de algunas Consejerías de la Comunidad de Madrid y el Decreto 84/2018, de 5 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio,

DISPONGO

Primero

Aprobar el amojonamiento del monte “Perímetro de Buitrago”, n.o 147 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid (en adelante C.U.P.), situado en los términos municipales de Buitrago del Lozoya y Piñuécar perteneciente a la Comunidad de Madrid, de acuerdo con las Actas, Registro Topográfico y Plano que figuran en el Expediente de Deslinde, quedando el monte con la descripción siguiente:

Comunidad Autónoma: Madrid.

Número del Catálogo: 147.

Nombre: “Perímetro de Buitrago”.

Términos municipales: Buitrago del Lozoya y Piñuécar.

Pertenencia: Comunidad de Madrid.

Límites:

— Norte: Propiedades particulares y carretera M-137.

— Este: Cordel del bosque que discurre por el término municipal de Piñuécar.

— Sur: Curva de Máximo embalse de la Presa de Puentes Viejas.

— Oeste: Curva de Máximo embalse de la Presa de Puentes Viejas.

Descripción de linderos:

El monte “Perímetro de Buitrago” está situado casi en su totalidad en el término municipal de Buitrago del Lozoya, encontrándose una pequeña parte del mismo en el término municipal de Piñuécar. El monte objeto de deslinde se encuentra en las proximidades del casco urbano de Buitrago del Lozoya, se encuentra dividido en dos zonas separadas por el embalse de Puentes Viejas.

Gran parte del monte “perímetro de Buitrago” se encuentra en el L.I.C. ES3110002 denominado “Cuenca del Río Lozoya y Sierra Norte”.

Posteriormente se lleva a cabo la definición del perímetro exterior de la zona del monte objeto de deslinde que se encuentra al sur del embalse de Puentes Viejas mediante la colocación de un total de 122 hitos.

En primer lugar se delimita la zona NORTE del monte objeto de amojonamiento:

El lindero norte comienza en el hito n.o 1, el cual se encuentra en el punto de intersersección entre un muro de mampostería sencillo en seco, de unos 50 cm. de ancho, y la línea de vegetación de la repoblación. En este punto comienza la colindancia con la parcela catastral número 7 del polígono 4 del término municipal de Buitrago del Lozoya, cuyo titular Catastral son los herederos de D.a Concepción Vera Huerta.

— Hitos del n.o 1 al 4: En este tramo el monte objeto de amojonamiento limita con la parcela catastral número 7 del polígono 4 del término municipal de Buitrago del Lozoya, cuya titulares son los herederos de Dña. Concepción Vera Huerta, se encuentra a su vez un punto de colindancia con la parcela n.o 21 del polígono 4 del término municipal de Buitrago del Lozoya, cuyos titulares catastrales son: Dña. Isabel Sanz Lobo; D. Francisco Sanz Lobo; Herederos de Dña. Felisa Sanz Lobo; Herederos de Josefa Barrio Velasco; Herederos de D. Valentín Sanz Lobo; D. Victoriano Sanz Lobo y Dña. Victoria Sanz Lobo.

El límite del monte en este tramo queda definido por el trazado que marca la cara interior del muro de mampostería sencillo en seco.

El hito n.o 4 marca el fin de la colindancia con la parcela catastral número 7 del polígono 4 del término municipal de Buitrago del Lozoya, cuya titular catastral son los herederos de Dña. Concepción Vera Huerta.

Del hito n.o 2 al n.o 3: el límite del monte lo constituye: el muro de mampostería con dirección noreste y colocado en la parte interior del muro.

Del hito n.o 3 al n.o 4: el límite del monte lo constituye el muro de mampostería con dirección noreste. Se coloca el mojón en el punto de intersección entre el muro de mampostería y una valla de alambre de 1,5 metros de altura sujeta al terreno por mástiles de hierro con base de cemento.

A partir de este punto el límite del monte vendrá definido por la valla de alambre descrita anteriormente.

Paralela a la valla de alambre que sirve de linde del monte discurre otro vallado de alambre de espino sujeta de una forma artesanal.

— Hitos del n.o 4 al n.o 6: En este tramo el monte objeto de amojonamiento limita con la parcela catastral número 21 del polígono 4 cuyos titulares Catastrales son: Dña. Isabel Sanz Lobo; D. Francisco Sanz Lobo; Herederos de Dña. Felisa Sanz Lobo; Herederos de Josefa Barrio Velasco; Herederos de D. Valentín Sanz Lobo; D. Victoriano Sanz Lobo y Dña. Victoria Sanz Lobo.

Del hito n.o 4 al n.o 5: el límite del monte lo constituye, la línea marcada por la valla de alambre en dirección sureste, en esa misma dirección se encuentra un afloramiento rocoso y una antigua construcción rústica de piedra.

Del hito n.o 5 al n.o 6: el límite del monte lo constituye la línea marcada por la valla de alambre con dirección este y junto a un afloramiento rocoso.

— Hitos del n.o 6 al n.o 9: En este tramo el monte objeto de amojonamiento limita con la parcela catastral número 26 del polígono 4, cuyos titulares son: D. Jaime de la Serna Ferrer; D. José Antonio de la Serna Gómez y Dña. Gabriela de la Serna Gómez y con la parcela catastral número 5 del polígono 4, cuyo titular catastral es Dña. María Monserrat Serna Ferrer.

Hito n.o 7 la línea marcada por la valla de alambre con dirección este a dirección sur.

Hito n.o 8 en la cruceta de un quiebro del vallado, siguiendo la línea marcada por la valla de alambre con dirección sur, en un afloramiento rocoso.

Hito n.o 9 Continua la línea marcada por la valla de alambre con dirección suroeste, cambiando la dirección de suroeste a sur en este hito.

— Hitos del n.o 9 al n.o 20: En este tramo el monte objeto de amojonamiento limita con las parcela catastral 27 del polígono 4 y la parcela catastral del polígono 5 ambas del término municipal de Buitrago cuya titular es Dña. Penélope Gould O´Conell.

Del hito n.o 10 al n.o 11: El monte objeto de amojonamiento colinda con la parcela catastral 27 del polígono 4 del término municipal de Buitrago, el límite del monte lo marca la valla de alambre en dirección suroeste y posteriormente dirección sur.

Del hito n.o 12 al n.o 20: El monte objeto de amojonamiento colinda con la parcela catastral 5 del polígono 5 del término municipal de Buitrago del Lozoya. El límite del monte lo marca una valla de alambre.

Dña. Penélope Gould O´Conell no asistió al acto de apeo.

— Del hito n.o 20 al n.o 29: en este tramo el monte objeto de amojonamiento limita con la parcela catastral 4 del polígono 5 del término municipal de Buitrago del Lozoya, cuya titular catastral es Dña. María Antonia de la Serna Ferrer, distinguiendo:

Hitos n.o 20 al n.o 21: en este tramo el límite queda definido por el trazado que marca la cara anterior de una valla de alambre .

Hito del n.o 21 al n.o 22: En este tramo el límite del monte queda definido por la línea recta que los une de acuerdo con la escritura de permuta llevada a cabo por el Patrimonio Forestal del Estado y por D. Pablo de la Serna Ferrer en 1966.

Hito n.o 22 al n.o 23: En un primer momento el límite del monte queda definido por el trazado que marca la cara interior de un muro de mampostería sencillo en seco y en un segundo tramo por el trazado de la cara interior de una valla de alambre.

Del hito n.o 23 al hito n.o 29: En este tramo el límite del monte queda definido por el trazado que marca la cara anterior de una valla de alambre.

El hito 29 marca el fin de la colindancia con la parcela catastral 4 del polígono 5 del término municipal de Buitrago del Lozoya, cuya titular catastral es Dña. María Antonia de la Serna Ferrer.

— Hitos del 29 al 31: En este tramo el monte objeto de amojonamiento limita con la parcela catastral 3 del polígono 5 y la parcela 23 del polígono 4 ambas del término municipal de Buitrago del Lozoya, cuya titular catastral es Telefónica de España S.A.U.

El límite del monte en este tramo de colindancia queda definido por la línea marcada por el trazado que marca la cara anterior de la valla de alambre.

El hito n.o 31 marca el fin de la colindancia con la parcela 23 del polígono 4 del término municipal de Buitrago del Lozoya, cuya titular catastral es Telefónica S.A.U.

— Hitos del n.o 31 al n.o 33: En este tramo el monte objeto de amojonamiento limita con la parcela catastral 9001 del polígono 3 del término municipal de Buitrago del Lozoya, cuya titular catastral es la Comunidad de Madrid, dicha parcela coincide en este tramo con el trazado de la carretera M-137 que une Buitrago del Lozoya con Montejo de la Sierra.

El límite del monte en este tramo queda definido por el trazado de la cara exterior de la valla de alambre.

Limite Este:

Comienza en el hito n.o 33, el cual se localiza sobre una viga de madera que se corresponde con el punto de intersección con el vallado que se venía siguiendo y un nuevo muro de mampostería sencillo en seco.

— Hitos del n.o 33 al n.o 40: En este tramo el monte objeto de amojonamiento limita con la vía pecuaria “Cordel del Bosque” sita en el término municipal Piñuécar e incluida en el Proyecto de Clasificación de Vías Pecuarias del término municipal de Piñuécar aprobado por Orden Ministerial 13 de abril de 1978 y publicado en el “Boletín Oficial del Estado” el 24 de mayo de 1978.

El límite del monte en este tramo queda definido por el trazado que marca la cara exterior de un muro de mampostería sencillo en seco que se corresponde con el margen derecho (según la dirección definida en el Proyecto de Clasificación) de la Vía Pecuaria “Cordel del Bosque”.

El hito n.o 40 marca el fin de la colindancia con la vía Pecuaria “Cordel del Bosque” sita en el término municipal de Piñuécar, cuya titular catastral es la Comunidad de Madrid.

Límite Sur y Oeste:

— Hitos del n.o 40 al n.o 1: En este tramo el monte objeto de amojonamiento limita con el embalse de Puentes Viejas, a través de la línea marcada por la línea de vegetación y por el camino de servicio del Canal de Isabel II, existente, que discurre por el término municipal de Buitrago del Lozoya, en donde finaliza la colindancia con el embalse de Puentes Viejas.

Finalizado el recorrido de la línea perimetral del lindero NORTE del monte denominado “Perímetro de Buitrago”, n.o 147 incluido en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid, propiedad de la misma y sito en los términos municipales de Buitrago del Lozoya y Piñuécar.

A continuación se procede a la delimitación de la zona SUR del monte objeto de amojonamiento:

Limite Norte:

Comienza en el hito n.o 1, situado en el punto de intersección de los restos del muro de mampostería sencillo en seco con la senda.

— Hitos del n.o 1 al n.o 8: en este tramo el monte objeto de amojonamiento limita con antiguas parcelas catastrales del Canal de Isabel II. Quedando este tramo de colindancia como sigue:

— Hito n.o 1: Se reconoce como tal un mojón con el n.o 1, situado en el punto de intersección de los restos del muro de mampostería sencillo en seco con la senda.

En este punto comienza la colindancia con el embalse de Puentes Viejas. Desde este hito y hasta el hito n.o 8 la colindancia con el embalse de la empresa de Puentes que discurre en esta zona por el término municipal de Buitrago del Lozoya.

— Hito n.o 2: Se reconoce como tal un mojón con el n.o 2, situado a 225,84 metros del hito anterior en dirección este, en el punto de intersección entre el muro de mampostería sencillo en seco y la senda.

El límite del monte entre los hitos n.o 1 y n.o 2 queda definido a través de la línea que marca el muro de mampostería sencillo en seco.

— Hito n.o 2 bis: Se reconoce como tal un mojón con el n.o 2 bis, situado 75,55 metros en dirección Sureste, al comienzo del muro de mampostería sencillo en seco, que comienza después del arroyo que se interna en el embalse, en la intersección con la senda.

El límite del monte entre los hitos n.o 2 y el n.o 2 bis queda definido por la línea marcada por la repoblación del monte.

— Hito n.o 3: Se reconoce como tal un mojón con el n.o 3, situado a 271,41 metros del hito anterior, en dirección este, en el punto de intersección entre el muro de mampostería sencillo en seco en la intersección con la senda.

El límite del monte entre los hitos n.o 2 bis y n.o 3 queda definido a través de la línea marcada por el muro de mampostería sencillo en seco.

— Hito n.o 3 bis: Se reconoce como tal un mojón con el n.o 3 bis, situado a 136, 93 metros en dirección Este, en el punto de intersección del muro de mampostería sencillo en seco, paralelo al embalse de Puentes Viejas que se viene siguiendo con la senda.

El límite del monte entre los hitos n.o 3 y n.o 3 bis discurre por la senda que transcurre paralela al arroyo que entra al embalse de Puentes Viejas en el lado Oeste y una vez cruzado el arroyo el límite continua siendo la senda por encima de la línea de máximo embalse, hasta alcanzar el muro de mampostería sencillo en seco paralelo al embalse en el lado este del citado arroyo.

— Hito n.o 4: Se reconoce como tal un mojón con el n.o 4, situado a 337,16 metros del hito anterior en dirección noreste, situado en el punto de intersección del muro de mampostería sencillo en seco paralelo al embalse de Puentes Viejas, con la senda paralela al arroyo que se interna en el citado embalse.

El límite del monte entre los hitos n.o 3 bis y n.o 4 queda definido a través de la línea marcada por el muro de mampostería sencillo en seco paralelo al embalse de Puentes Viejas.

— Hito n.o 4 bis: Se reconoce como tal un mojón con el n.o 4 bis, situado a 93,70 metros del hito anterior en dirección noreste, situado en la intersección del muro de mampostería sencillo en seco con la senda, en el punto donde se observa una pequeña abertura en el citado muro.

El límite del monte entre los hitos n.o 4 y n.o 4 bis lo marca el recorrido de la senda tanto en el lado este como en el oeste del arroyo que se interna en el embalse, hasta alcanzar el muro que va paralelo al embalse.

— Hito n.o 5: Se reconoce como tal un mojón con el n.o 5, situado a 279,15 metros en dirección noreste del hito anterior, situado en la intersección del muro de mampostería sencillo en seco con la vereda.

El límite del monte entre el hito n.o 4 bis y el n.o 5 lo define la línea marcada por el muro de mampostería sencillo en seco paralelo al embalse de Puentes Viejas.

— Hito n.o 5 bis: Se reconoce como tal un mojón con el n.o 5 bis, situado a 289,34 metros en dirección sureste del hito anterior, situado en la intersección de la senda con el camino de servicio del monte.

El límite del monte entre el hito n.o 5 y el n.o 5 bis lo marca la senda que se viene siguiendo hasta llegar al camino que da servicio al monte.

— Hito n.o 6: Se reconoce como tal un mojón con el número 6 situado a 621,89 metros en dirección este del hito anterior, en el borde del camino pasando a ser el límite del monte el borde de la vegetación.

El límite del monte entre los hitos n.o 5 bis y n.o 6 lo marca el camino de servicio que bordea el arroyo que se interna en el embalse de Puentes Viejas, cruza la línea eléctrica hasta cruzar el siguiente arroyo que se interna en el citado embalse.

— Hito n.o 6 bis: se reconoce como tal un mojón con el n.o 6 bis, situado a 1308,67 metros en dirección este del hito anterior, en la intersección del muro de mampostería sencillo en seco con la línea de vegetación.

El límite del monte entre el hito n.o 6 y n.o 6 bis lo marca el borde de la vegetación.

— Hito n.o 7: Se reconoce como tal un mojón con el n.o 7 situado a 640,62 metros en dirección noreste del hito anterior en el punto de intersección de la vegetación con el muro de mampostería sencillo en seco.

El límite del monte entre el hito n.o 6 bis y el n.o 7 lo marca la línea de vegetación situada más arriba de la cota de máximo embalse.

— Hito n.o 8: Se reconoce como tal un mojón con el n.o 8, situado a 1000,14 metros en dirección sureste del hito anterior, en el punto de intersección de la línea de vegetación con el muro de mampostería sencillo en seco de unos 50 cm de grosor aproximadamente, que se introduce en aguas del embalse.

El límite del monte entre los hitos n.o 7 y n.o 8 lo marca la línea de vegetación situada más arriba de la cota de máximo embalse.

Limite Este:

Comienza en el hito n.o 9 el cual se encuentra situado a 18,81 metros del hito anterior, siguiendo la línea marcada por el muro de mampostería, en el interior del muro, con dirección ligeramente sur. Se observa un pequeño afloramiento rocoso junto al hito.

— Hitos del n.o 9 al n.o 14: En este tramo el monte objeto de amojonamiento limita con la parcela catastral 34 del polígono 1 del término municipal de Puentes Viejas, que se corresponde con terrenos del monte “Dehesa de Sanchálvaro” incluido en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid con el n.o 169 y cuyo titular catastral es el Ayuntamiento de Puentes Viejas.

El límite del monte en este tramo queda definido por el trazado que marca la cara interior de un muro de mampostería sencillo en seco.

El hito n.o 14 marca el final de la colindancia del monte objeto de amojonamiento con la parcela catastral 34 del polígono 1 del término municipal de Puentes Viejas, que se corresponde con terrenos del monte “Dehesa de Sanchálvaro” incluido en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid con el n.o 169 y cuyo titular catastral es el Ayuntamiento de Puentes Viejas.

Límite Sur:

Comienza en el hito n.o 14 el cual se encuentra situado sobre un afloramiento rocoso de unos 2,5 metros de ancho a 17,62 metros del hito anterior en dirección sur, coincidiendo con el punto de intersección entre el muro de mampostería que se venía siguiendo con otro muro de las mismas características y q va a marcar la línea del límite del monte.

— Hitos del n.o 14 al n.o 18: En este el monte objeto de amojonamiento limita con la parcela catastral 13 del polígono 1 del término municipal de Puentes Viejas, cuyo titular se encuentra en investigación según el art. 47 de la Ley 3/2003, de 3 de noviembre de Patrimonio de las Administraciones Públicas.

El límite del monte en este tramo queda definido por el trazado que marca la cara interior de un muro de mampostería sencillo en seco, que se encuentra muy desgastado en el tramo entre los hitos n.o 17 y n.o 18.

El hito n.o 18 marca el fin de la colindancia del monte objeto de amojonamiento con la parcela catastral 13 del polígono 1 del término municipal de Puentes Viejas, cuyo titular se encuentra en investigación según el art. 47 de la Ley 3/2003, de 3 de noviembre de Patrimonio de las Administraciones Públicas.

— Hitos del 18 al 19: En este tramo el monte objeto de amojonamiento limita con la parcela 15 del polígono 1 del término municipal de Puentes Viejas, cuyos titulares catastrales son: D. Julián Prieto Sanz y D. José María Prieto Sanz.

El límite del monte en este tramo queda definido por el trazado que marca la cara interior de un muro de mampostería sencillo en seco que se encuentra muy deteriorado en este punto.

El límite del monte en este tramo queda definido por el trazado que marca la cara interior de un muro de mampostería sencillo en seco.

— Hito n.o 19: En este tramo el monte objeto de amojonamiento limita con la parcela 16 del polígono 1 de término municipal de Puentes Viejas, cuyos titulares catastrales son: D. Miguel Ángel Rodrigo Ramírez y Dña. Blanca Mercedes Zancada, finalizando en este hito la colindancia con dicha finca y comenzando con la parcela catastral 17 del polígono 1 del término municipal de Puentes Viejas cuyos titulares catastrales son: d: Manuel Hernanz del Pozo y Dña. Antonia Hernanz del Pozo.

El límite del monte en este tramo queda definido por el trazado que marca la cara interior de un muro de mampostería sencillo en seco.

— Hitos del n.o 19 al n.o 20: En este tramo el monte objeto de amojonamiento finaliza la colindancia con la parcela catastral 18 del polígono 1 del término municipal de Puentes Viejas cuyos titulares catastrales son: Dña. Isabel Velasco Hernanz, D. Justo Velasco Hernanz, D. Gerardo Velasco Hernanz, D. Vicente Velasco Hernanz, Dña. M. Fe Velasco Hernanz y D. José Luis Velasco Hernanz y comienza la colindancia con la parcela catastral número 19 del polígono 1 del término municipal de Puentes Viejas cuyos titulares catastrales son: Dña. Palmira Velasco Morillo y hermanos.

El límite del monte entre los hitos n.o 19 y n.o 20 se define a través de la línea marcada por el muro de mampostería sencillo en seco.

— Hitos del n.o 20 al n.o 23: En este tramo el monte objeto de amojonamiento colinda con la parcela catastral 20 del polígono 1 del término municipal de Puentes Viejas cuyos titulares catastrales son D. Manuel y Dña. Antonia Hernanz del Pozo. Asimismo colinda con la parcela catastral 21 del polígono 1 del término municipal de Puentes Viejas cuyo titular catastral se desconoce por encontrarse en investigación según el art. 47 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas. También colinda con la parcela catastral 22 del polígono 1 del término municipal de Puentes Viejas cuyos titulares catastrales son: D. Miguel Ángel Rodrigo Ramírez y Dña. Blanca Mercedes Zancada Martínez. Además colinda con la parcela catastral 33 del polígono 1 del término municipal cuyos titulares catastrales son: D. Miguel Ángel Rodrigo Ramírez y Dña. Blanca Mercedes Zancada Martínez y por último colinda con la parcela catastral 23 del polígono del término municipal de Puentes Viejas cuyo titular catastral Dña. Celia Velasco Ramírez y comienza la colindancia con la parcela catastral 24 del polígono 1 del término municipal de Puentes Viejas cuyo titular catastral es D. Cándido Cuenca Alonso.

El límite del monte entre los hitos n.o 20 al n.o 23 se define a través de la línea marcada por el muro de mampostería sencillo en seco.

— Hitos n.o 23 al n.o 24: En este tramo el monte objeto de amojonamiento colinda con la parcela 26 polígono 1 de Puentes Viejas cuyo titular catastral es D. Clemente Hernanz García y comienza la colindancia con la parcela catastral 27 del polígono 1 del término municipal de Puentes Viejas, cuyo titular catastral se desconoce encontrarse en investigación según el art. 47 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas.

El límite entre los hitos n.o 23 y n.o 24 queda definido a través de la línea marcada por el muro de mampostería sencillo en seco.

— Hitos del n.o 24 al n.o 26: En este tramo el monte objeto de amojonamiento limita con la parcela catastral 27 del polígono 1 del término municipal de Puentes Viejas, cuyo titular catastral se desconoce al encontrarse en investigación según el art. 47 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas.

El límite entre los hitos n.o 24 y n.o 26 queda definido a través de la línea marcada por el muro de mampostería sencillo en seco.

— Hitos del n.o 26 al n.o 27: En este tramo el monte objeto de amojonamiento limita con la parcela catastral 9004 del polígono 14 del término municipal de Puentes viejas cuyo titular catastral es la Comunidad de Madrid y comienza la colindancia con la parcela catastral 9005 del polígono 14 cuyo titular catastral es también la Comunidad de Madrid.

El límite del monte entre los hitos n.o 26 y n.o 27 se define a través de la línea marcada por el muro de mampostería sencillo en seco.

— Hitos del n.o 27 al n.o 28: En este tramo el monte objeto de amojonamiento finaliza su colindancia con la parcela catastral 9005 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyo titular catastral es la Comunidad de Madrid y comienza la colindancia con la parcela catastral 246 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyo titular catastral es el excelentísimo Ayuntamiento de Puentes Viejas.

El límite del monte entre los hitos n.o 27 y n.o 28 queda definido a través de la línea marcada por un alambre de espino sujeto con palos rudimentarios y una pequeña base de un antiguo muro de mampostería.

— Hitos del n.o 28 al n.o 29: En este tramo el monte objeto de amojonamiento finaliza su colindancia con la parcela 246 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyo titular catastral es el excelentísimo Ayuntamiento de Puentes Viejas y comienza la colindancia con la parcela catastral 9005 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyo titular catastral es la Comunidad de Madrid.

El límite del monte entre los hitos n.o 28 y n.o 29 queda definido tanto por el alambre de espino sujeto por palos rudimentarios como por el muro de mampostería sencillo en seco que se mantiene en parte en este tramo.

— Hitos del n.o 29 al n.o 30: En este tramo el monte objeto de amojonamiento finaliza su colindancia con la parcela 9005 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyo titular catastral es la Comunidad de Madrid y comienza la colindancia con la parcela catastral 247 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyo titular catastral es D. Justo Velasco Velasco.

El límite del monte del monte entre los hitos n.o 29 y n.o 30 queda definido a través de la línea marcada por un alambre de espino sujeto con palos rudimentarios.

— Hitos del n.o 30 al n.o 31: En este tramo el monte objeto de amojonamiento vuelve a colindar con la parcela catastral 9005 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyo titular catastral es la Comunidad de Madrid y comienza la colindancia con la parcela catastral 238 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyo titular catastral es D. Justo Velasco Velasco.

El límite del monte entre los hitos n.o 30 y n.o 31, queda definido por la puerta de acceso al monte que separa un camino interior del monte con otro camino exterior del mismo.

— Hitos del n.o 31 al n.o 32: En este tramo el monte objeto de amojonamiento finaliza su colindancia con la parcela catastral 238 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyo titular catastral es D. Justo Velasco Velasco y comienza la colindancia con la parcela catastral 174 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas, cuyo titular catastral se desconoce al encontrarse en investigación según el art. 47 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas.

El límite del monte entre los hitos n.o 31 y n.o 32 queda definido por el muro de mampostería sencillo en seco.

— Hitos del n.o 32 al n.o 33: En este tramo el monte objeto de amojonamiento finaliza su colindancia con la parcela catastral 174 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyo titular catastral se desconoce al encontrarse en investigación según el art. 47 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas. Además colinda con la parcela catastral 173 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyo titular catastral se desconoce al encontrarse en investigación según el art. 47 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre de Patrimonio de las Administraciones Públicas. Asimismo colinda con la parcela catastral 170 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas, cuyo titular catastral se desconoce al encontrarse en investigación según el art. 47 de la Ley 33/2003, de Patrimonio de las Administraciones Públicas. También colinda con la parcela catastral 169 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyo titular catastral se desconoce al encontrarse en investigación según el art. 47 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre de Patrimonio de las Administraciones Públicas y comienza la colindancia con la parcela catastral 166 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyo titular catastral es Eugenia Alonso.

El límite del monte entre los hitos n.o 32 y n.o 33 queda definido por el muro de mampostería sencillo en seco.

— Hitos del n.o 33 al n.o 34: En este tramo el monte objeto de amojonamiento finaliza su colindancia con la parcela catastral 166 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyo titular catastral es Eugenia Alonso. Además colinda con la parcela catastral 165 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyo titular catastral María Elsa Velasco Alonso. También colinda con la parcela catastral 162 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyos titulares catastrales son Dña. Rosa Ruiz Sanz y los herederos de D. Mariano y comienza la colindancia con la parcela catastral 161 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyo titular catastral se desconoce al encontrarse en investigación según el art. 47 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas.

El límite entre los hitos n.o 33 y n.o 34 queda definido por el muro de mampostería sencillo en seco.

— Hitos del n.o 34 al n.o 35: En este tramo el monte objeto de amojonamiento finaliza su colindancia con la parcela catastral 161 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyo titular catastral se desconoce al encontrarse en investigación según el art. 47 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas. Además colinda con la parcela catastral 158 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyo titular catastral es Felipe Moreno Nogales. También colinda con la parcela catastral 157 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyo titular catastral es D. Clemente Hernanz García. Asimismo colinda con la parcela catastral 156 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyos titulares catastrales son: Dña. Gregoria Prieto del Pozo y los herederos de D. Julián Prieto del Pozo. Además comienza la colindancia con la parcela catastral 155 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyo titular catastral se desconoce al encontrarse en investigación según el art. 47 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas.

El límite del monte entre los hitos n.o 34 y n.o 35 queda definido por el muro de mampostería sencillo en seco.

— Hitos del n.o 35 al n.o 36: En este tramo el monte objeto de amojonamiento finaliza su colindancia con la parcela catastral 155 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyo titular catastral se desconoce al encontrarse en investigación según el art. 47 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas. Asimismo colinda con la parcela catastral 150 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyo titular catastral se desconoce al encontrarse en investigación según el art. 47 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas. También colinda con la parcela catastral 149 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyos titulares catastrales son Dña. Luisa Hernanz Ramírez Dña. Petra Hernanz Ramírez y Dña. M. Pilar Hernanz Ramírez. Además comienza la colindancia con la parcela catastral 148 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyo titular catastral es Dña. Celia Velasco Ramírez.

El límite del monte entre los hitos n.o 35 al n.o 36 queda definido por el muro de mampostería sencillo en seco.

— Hitos del n.o 36 al n.o 37: En este tramo el monte objeto de amojonamiento finaliza su colindancia con la parcela catastral 148 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyo titular catastral es Dña. Celia Velasco Ramírez. Asimismo colinda con la parcela catastral 147 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyo titular catastral se desconoce al encontrarse en investigación según el art. 47 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas. También colinda con la parcela catastral 146 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyo titular catastral se desconoce al encontrarse en investigación según el art. 47 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre de Patrimonio de las Administraciones Públicas. Además se inicia la colindancia con la parcela catastral 145 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyo titular catastral se desconoce al encontrarse en investigación según el art. 47 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre de Patrimonio de las Administraciones Públicas.

El límite del monte entre los hitos n.o 36 y el n.o 37 queda definido por el muro de mampostería sencillo en seco.

— Hitos del n.o 37 al n.o 38: En este tramo el monte objeto de amojonamiento finaliza su colindancia con la parcela catastral 145 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyo titular catastral se desconoce al encontrarse en investigación según el art. 47 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre de Patrimonio de las Administraciones Públicas. Asimismo colinda con la parcela catastral 143 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyo titular catastral es Dña. Alejandra Araceli Velasco Sanz. Además colinda con la parcela catastral 142 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyo titular catastral es D. Vicente García García. Además comienza la colindancia con la parcela catastral 141 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyo titular catastral se desconoce al encontrarse en investigación según el art. 47 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre de Patrimonio de las Administraciones Públicas.

El límite del monte entre los hitos n.o 37 y el n.o 38 queda definido por el muro de mampostería sencillo en seco.

— Hitos del n.o 38 al n.o 40: En este tramo el monte objeto de amojonamiento finaliza su colindancia con la parcela catastral 141 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyo titular catastral se desconoce al encontrarse en investigación según el art. 47 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre de Patrimonio de las Administraciones Públicas. Asimismo colinda con la parcela catastral 140 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyo titular catastral se desconoce al encontrarse en investigación según el art. 47 del término municipal de Puentes Viejas y se inicia la colindancia con la parcela catastral 139 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyo titular catastral se desconoce según el art. 47 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas.

El límite del monte entre los hitos n.o 38 al n.o 40 queda definido por el muro de mampostería sencillo en seco.

— Hitos del n.o 40 al n.o 41: En este tramo el monte objeto de amojonamiento finaliza su colindancia con la parcela catastral 139 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyo titular catastral se desconoce según el art. 47 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas. Asimismo colinda con la parcela catastral 138 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyo titular catastral D. Jesús Ramírez García. También colinda con la parcela catastral 136 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyo titular catastral se desconoce al encontrarse en investigación según el art. 47 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas. Además colinda con la parcela catastral 135 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyo titular catastral se desconoce al encontrarse en investigación según el art. 47 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas. También colinda con la parcela catastral 134 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyo titular catastral se desconoce al encontrarse en investigación según el art. 47 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas. Igualmente colinda con la parcela catastral 133 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyo titular catastral se desconoce al encontrarse en investigación según el art. 47 de la Ley 33/2003, 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas. Además colinda con la parcela catastral 132 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyos titulares catastrales son: D. Arsenio Ramírez Hernanz y Dña. M. Rocío Ramírez Delgado. Asimismo se inicia la colindancia con la parcela catastral 131 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyos titulares catastrales son: Dña. Antonia Hernanz del Pozo y D. Manuel Hernanz del Pozo.

El límite del monte entre los hitos n.o 40 al n.o 41 queda definido por el muro de mampostería sencillo en seco.

— Hitos del 41 al 46: En este tramo el monte objeto de amojonamiento finaliza su colindancia con la parcela 131 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyos titulares catastrales son: Dña. Antonia Hernanz del Pozo y D. Manuel Hernanz del Pozo. Asimismo colinda con la parcela catastral 130 del polígono 14 del término municipal de Puentes Viejas cuyo titular catastral es D. Marcelo Sanz Tomé. También colinda con la parcela catastral 25 del polígono 6 del término municipal de Buitrago del Lozoya cuyo titular catastral es D. Zacarías Sanz Martín. Además comienza la colindancia en el hito n.o 46 con la parcela catastral 9003 del polígono 6 del término municipal de Buitrago del Lozoya cuyo titular catastral es la Comunidad de Madrid y que coincide con la vía pecuaria “Colada de las Gariñas” incluida en el Proyecto de Clasificación de Vías Pecuarias del término municipal de Buitrago del Lozoya, el cual fue aprobado por Orden Ministerial de 25 de abril de 1946, viéndose afectada por la modificación de la Clasificación aprobada por Orden Ministerial de 11 de octubre de 1958 y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de noviembre de 1958.

El límite del monte entre el hito n.o 41 al n.o 46 queda definido por el por el muro de mampostería sencillo en seco.

— Desde el hito n.o 46 al n.o 63: En este tramo el monte objeto de amojonamiento colinda con la Vía Pecuaria “Colada de Gariñas” incluida en el Proyecto de Clasificación de Vías Pecuarias del término municipal de Buitrago del Lozoya, el cual fue aprobado por Orden Ministerial de 25 de abril de 1946, viéndose afectada por la modificación de la Clasificación aprobada por Orden Ministerial de 11 de octubre de 1958 y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de noviembre de 1958.

— Hitos del n.o 46 al n.o 53: en este tramo el monte colinda con la Vía Pecuaria “Colada de Gariñas” incluida en el Proyecto de Clasificación de Vías Pecuarias del término municipal de Buitrago del Lozoya, el cual fue aprobado por Orden Ministerial de 25 de abril de 1946, viéndose afectada por la modificación de la Clasificación aprobada por Orden Ministerial de 11 de octubre de 1958 y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de noviembre de 1958.

El límite del monte entre los hitos n.o 46 al 53 queda definido por la línea marcada por el vallado de alambre de 2 metros de altura, que se corresponde con el margen izquierdo de la Vía Pecuaria según la dirección descrita en el Proyecto de Clasificación.

— Hitos del n.o 53 al n.o 54: en este tramo el monte colinda con la Vía Pecuaria “Colada de Gariñas” incluida en el Proyecto de Clasificación de Vías Pecuarias del término municipal de Buitrago del Lozoya, el cual fue aprobado por Orden Ministerial de 25 de abril de 1946, viéndose afectada por la modificación de la Clasificación aprobada por Orden Ministerial de 11 de octubre de 1958 y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de noviembre de 1958.

En este punto la vía pecuaria “Colada de Gariñas” abandona el monte objeto de amojonamiento según la dirección reflejada en el Proyecto de Clasificación de Vías Pecuarias del término municipal de Buitrago del Lozoya.

Este hito n.o 54 marca el fin de la colindancia del monte objeto de amojonamiento con la Vía Pecuaria “Cordel de Gariñas” y comienza la colindancia con la parcela catastral 4 del polígono 7 del término municipal de Buitrago del Lozoya, cuyo titular catastral es D. Félix Cristóbal del Pozo.

El límite entre los hitos n.o 53 y n.o 54, queda definido a través de la línea marcada por el muro de mampostería sencillo en seco sobre el que va acoplado un cerramiento de alambre en dos módulos.

— Hitos del n.o 54 n.o 57: En este tramo el monte objeto de amojonamiento colinda con la parcela catastral 4 del polígono 7 del término municipal de Buitrago del Lozoya, cuyo titular catastral es D. Félix Cristóbal del Pozo.

En el hito n.o 57 finaliza la colindancia con la parcela catastral 4 del polígono 7 del término municipal de Buitrago del Lozoya, cuyo titular catastral es D. Félix Cristóbal del Pozo y comienza de nuevo la colindancia con la Vía Pecuaria “Colada de Gariñas”.

El límite entre los hitos n.o 54 al n.o 57, queda definido por la línea marcada por el muro de mampostería sencillo en seco sobre el que va acoplado un cerramiento de alambre en dos módulos.

— Hitos del n.o 57 al n.o 63: En este tramo el monte objeto de amojonamiento colinda con la Vía Pecuaria “Colada de Gariñas” incluida en el Proyecto de Clasificación de Vías Pecuarias del término municipal de Buitrago del Lozoya, el cual fue aprobado por Orden Ministerial de 25 de abril de 1946, viéndose afectada por la modificación de la Clasificación aprobada por Orden Ministerial de 11 de octubre de 1958 y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de noviembre de 1958.

El límite entre los hitos n.o 57 al n.o 63, queda definido por la línea marcada por el vallado de alambre de dos metros de altura, que se corresponde con el margen izquierdo de la Vía Pecuaria según la dirección descrita en el Proyecto de Clasificación.

En el hito n.o 63 finaliza la colindancia del monte objeto de amojonamiento con la Vía Pecuaria “Colada de Gariñas” incluida en el Proyecto de Clasificación de Vías Pecuarias del término municipal de Buitrago del Lozoya, el cual fue aprobado por Orden Ministerial de 25 de abril de 1946, viéndose afectada por la modificación de la Clasificación aprobada por Orden Ministerial de 11 de octubre de 1958 y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de noviembre de 1958 y comienza la colindancia con la vía pecuaria “ Colada de las Tejeras” que coincide con la parcela catastral 9006 del polígono 6 del término municipal de Buitrago del Lozoya, cuyo titular catastral es la Comunidad de Madrid.

— Hitos del n.o 63 al n.o 70: En este tramo el monte objeto de amojonamiento colinda con la parcela 9006 del polígono 6 del término municipal de Buitrago del Lozoya, cuyo titular catastral es la Comunidad de Madrid que coincide la con la vía pecuaria “Colada de las Tejeras”.

El límite entre los hitos n.o 63 al n.o 65 queda definido por la línea marcada por el vallado de alambre de 2 metros de altura, que se corresponde con el margen izquierdo de la vía Pecuaria según la dirección descrita en el Proyecto de Clasificación.

El límite entre los hitos n.o 65 al n.o 70 queda definido por la línea marcada por el muro de mampostería sencillo en seco sobre el que va acoplado una línea de alambre de espino, que se corresponde con el margen izquierdo de la Vía Pecuaria según la dirección del Proyecto de Clasificación.

El hito n.o 70 marca el fin de la colindancia del monte objeto de amojonamiento con la vía pecuaria “Colada de las Tejeras” cuyo titular catastral es la Comunidad de Madrid y comienza la colindancia con la parcela urbana 6977804VL4367N0001PU, cuyo titular catastral también es la Comunidad de Madrid.

Limite Oeste:

Comienza en el hito n.o 70 el cual se encuentra situado a 41,50 metros del hito anterior en dirección noreste, coincidiendo con el punto de intersección producido entre el muro de mampostería que venimos siguiendo con el muro de separación de la parcela urbana 6977804VL4367N0001PU. El muro de mampostería que venimos siguiendo se encuentra muy desgastado teniendo tres líneas de alambre de espino en vez de una sola línea de alambre de espino.

— Hitos del n.o 70 al n.o 71: El monte objeto de amojonamiento colinda con la parcela 6977804VL4367N0001PU, cuyo titular catastral es la Comunidad de Madrid y comienza la colindancia con la parcela urbana 6977803VL4367N0001QU, cuyos titulares catastrales son D. Gerardo Velasco Herranz y Dña. María Jesús Martín Sanz.

El límite entre los hitos n.o 70 y n.o 71, queda definido por la línea marcada por el muro de mampostería sencillo en seco sobre el que va acoplado tres líneas de alambre de espino.

— Hitos del n.o 71 al n.o 75: En este tramo el monte objeto de amojonamiento colinda con fincas de propiedad particular.

— Hitos n.o 71 al n.o 72: El monte objeto de amojonamiento colinda con la parcela urbana 6977803VL4367N0001QU, cuyos titulares catastrales son D. Gerardo Velasco Herranz y Dña. María Jesús Martín Sanz y comienza la colindancia con la parcela urbana 6977802VL4367N0001GU, cuyo titular catastral es D. Santiago Martín Vicente.

El límite entre los hitos n.o 71 y n.o 72 queda definido por la línea marcada por el muro de mampostería sencillo en seco sobre el que va acoplado un vallado entrelazado de alambre.

— Hitos del n.o 72 al n.o 73: El monte objeto de amojonamiento colinda con la parcela urbana 6977802VL4367N0001GU, cuyo titular catastral es D. Santiago Martín Vicente y comienza la colindancia con la parcela urbana 6977801VL4367N0001YU, cuyo titular catastral es D. Javier López López.

El límite entre los hitos n.o 72 al n.o 73, queda definido por la línea marcada por el muro de mampostería sencillo en seco sobre el que va acoplado un vallado entrelazado de alambre.

— Hitos del n.o 73 al n.o 74: El monte objeto de amojonamiento colinda con la parcela urbana 6977801VL4367N0001YU, cuyo titular catastral es D. Javier López López y comienza la colindancia con la parcela urbana número 34 del plano de urbanización “El Pinar de Buitrago”, pero sin referencia catastral, cuyos propietarios son D. Juan Francisco Álvarez Alonso y Dña. María Teresa López Sanz, según documentación aportada a fecha 5 de marzo de 2010 en el registro de entrada de la entonces Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, con motivo del expediente de deslinde del presente monte.

El límite entre los hitos n.o 73 y n.o 74, queda definido por la línea marcada por el muro de mampostería sencillo en seco sobre el que va acoplado un vallado entrelazado de alambre.

— Hitos del n.o 74 al n.o 75: El monte objeto de amojonamiento colinda con la parcela urbana número 34 del plano de urbanización “El Pinar de Buitrago”, pero sin referencia catastral, cuyos propietarios son D. Juan Francisco Álvarez Alonso y Dña. María Teresa López Sanz, según documentación aportada a fecha 5 de marzo de 2010 en el registro de entrada de la entonces Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, con motivo del expediente de deslinde del presente monte y comienza la colindancia con la parcela 16 del polígono 6 del término municipal de Buitrago del Lozoya, cuyo titular catastral es la Comunidad de Madrid y que también forma parte del monte objeto de amojonamiento.

El límite entre los hitos n.o 74 y n.o 75, queda definido por la línea marcada por el muro de mampostería sencillo en seco sobre el que va acoplado un vallado entrelazado de alambre.

— Hitos del n.o 75 al n.o 1: En este tramo el monte objeto de amojonamiento con la parcela 16 del polígono 6 del término municipal de Buitrago del Lozoya, cuyo titular catastral es la Comunidad de Madrid.

El límite del monte entre los hitos n.o 75 al n.o 1 queda definido por la línea marcada por el muro de mampostería sencillo en seco sobre el que va acoplado tres líneas de alambre de espino.

Superficies:

Otras características:

El monte “Perímetro de Buitrago”, número 147 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid, fue adquirido por el Estado en distintas fases, llegando a completarse la superficie total a día de hoy, mediante las adquisiciones y expropiaciones en diferentes fechas de un total de tres fincas, denominadas: “Perímetro de Buitrago”, “El Tomillar” y “El Bosque” y la permuta de terrenos, realizada en el año 1966, que se hizo con D. Pablo de la Serna Ferrer, donde se intercambiaron 24,33 ha de terrenos situados en la parte este del monte “El Bosque y la Aldehuela”, a cambio de 6,125 ha de terrenos de la zona central del monte propiedad del Patrimonio Forestal del Estado.

A través del R.D. 1703/1984, de 1 de agosto, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de conservación de la naturaleza se traspasan, entre otros, los bienes que posee el Estado, entre los que figura el monte objeto de deslinde.

En 1992, con la transferencia de competencias del Estado a las Comunidades Autónomas, la Comunidad de Madrid pasa a asumir la titularidad y la gestión de los montes anteriormente estatales, en el que se incluye el monte que nos ocupa.

Situado en las proximidades del casco urbano de Buitrago del Lozoya, el monte objeto de deslinde se encuentra dividido en dos zonas y separadas por el embalse de Puentes Viejas, encontrándose la mayor parte de la superficie del monte en el término municipal de Buitrago de Lozoya y una pequeña parte en el de Puentes Viejas.

La declaración de utilidad pública del monte y su consecuente inclusión en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública con el N.o 147 se llevó a cabo por Orden Ministerial de 30 de julio de 1973.

Gran parte del monte “Perímetro de Buitrago” está incluido dentro del L.I.C. (Lugar de Interés Comunitario) ES3110002 denominado “Cuenca del Río Lozoya y Sierra Norte”.

Segundo

Gestionar la cancelación total o parcial de cualquier inscripción registral, en cuanto resultase contradictoria con la descripción del monte.

Tercero

Dar traslado de los nuevos datos resultantes de la descripción del monte al Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid.

Cuarto

Llevar los nuevos datos resultantes de la descripción del monte en el Registro de la Propiedad de Torrelaguna.

Quinto

Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la Orden, por la que se resuelve el expediente de amojonamiento del monte n.o 147 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid denominado “Perímetro de Buitrago”.

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el Excmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones de las Públicas.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Dada en Madrid, a 28 de junio de 2018.—El Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, PD (Orden 1/2018, de 25 de mayo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 128, de 30 de mayo de 2018), el Director General de Medio Ambiente y Sostenibilidad, Luis del Olmo Flórez.

(03/24.546/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.56.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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