Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 172

Fecha del Boletín 
20-07-2018

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180720-138

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

138
Madrid número 38. Procedimiento 1.267 de 2017, notificación a Parrilla y Cervecería Yolanda y otros

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. JOSE ANTONIO RINCON MORA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 38 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 1267/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JENY GISSELA GARMENDIA frente a D./Dña. HELIDA TERESA JARAMILLO OCHOA y PARRILLA Y CERVECERIA YOLANDA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO

Que estimando la demanda formulada por doña JENY GISSELA GARMENDIA MURILLO contra doña HELIDA TERESA JARAMILLO OCHOA, titular de PARRILLA Y CERVECERIA YOLANDA, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a doña HELIDA TERESA JARAMILLO OCHOA, titular de PARRILLA Y CERVECERIA YOLANDA, a abonar a doña JENY GISSELA GARMENDIA MURILLO la cantidad de 560 euros (Quinientos sesenta euros). Dicha cantidad será incrementada con el 10% de interés.

Notifíquese la presente resolución a las partes en la forma legalmente establecida, haciéndoles saber que la misma es firme ya que, contra la misma NO CABE INTERPONER RECURSO.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio mando y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a PARRILLA Y CERVECERIA YOLANDA y D./Dña. HELIDA TERESA JARAMILLO OCHOA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiséis de junio de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/22.807/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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