Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 171

Fecha del Boletín 
19-07-2018

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180719-63

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 2

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Alcalá de Henares número 2. Procedimiento 393 de 2016, notificación a Alberto López Rojo

EDICTO

Don Rafael Villalba Bru, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 2 de Alcalá de Henares.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento sobre juicio verbal (250.2) número 393 de 2016, instados por el procurador don Hernán Kozak Cino, en nombre y representación de “FGA Capital Spain Establecimiento Financiero de Crédito, Sociedad Anónima”, contra don Alberto López Rojo, y se ha dictado sentencia cuyo fallo es el siguiente:

Sentencia número 52 de 2017

Alcalá de Henares, a 17 de marzo de 2017.—Vistos por mí, Cristina de Mora López, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 2 de Alcalá de Henares, los autos del juicio verbal registrados con el número 393 de 2016, seguidos a instancias de “FGA Capital Spain Establecimiento Financiero de Crédito, Sociedad Anónima”, representada por el procurador don Hernán Kozak Cino y asistida por el letrado don Andrés Estany Segalas, frente a don Alberto López Rojo, declarado en situación de rebeldía procesal, ha recaído la presente en virtud de los siguientes:

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda formulada por el procurador don Hernán Kozak Cino y asistido en nombre y representación de “FGA Capital Spain Establecimiento Financiero de Crédito, Sociedad Anónima” frente a don Alberto López Rojo, debo condenar y condeno a este último a que abone a la actora la cantidad de 4.011,74 euros, más el interés legal desde la presentación de la demanda, así como al pago de las costas causadas.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros en la cuenta 2333-0000-00-0393-16 de este órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “Beneficiario” Juzgado de primera instancia número 2 de Alcalá de Henares y en el campo “Observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos 2333-0000-00-0393-16.

Asimismo, deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez (firmado).

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Alberto López Rojo y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Alcalá de Henares, a 23 de abril de 2018.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/23.472/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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