Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 171

Fecha del Boletín 
19-07-2018

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180719-30

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENTE EL SAZ DE JARAMA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Fuente el Saz de Jarama. Organización y funcionamiento. Delegación competencias

Resolución de Alcaldía 145A/2018 dictada con fecha 18 de junio de 2018, que literalmente, señala:

«Tras las elecciones municipales celebradas en el año 2015 y una vez constituido el Ayuntamiento en sesión de fecha 13 de junio de 2015, esta Alcaldía y a fin de dotar de una mayor celeridad y eficacia a la actuación municipal, mediante resolución de Alcaldía 242A/2015 fueron nombrados los miembros de la Junta de Gobierno Local así como la delegación en la misma de atribuciones de la Alcaldía y mediante resolución 244A/2015 se efectuaron las delegaciones de competencias a favor de los concejales de las distintas áreas.

La entrada en vigor de la nueva Ley de Contratos del Sector Público y las exigencias que conlleva su aplicación, unido al volumen de contratación de este Ayuntamiento y las necesidades respecto de los contratos menores que surgen con su aplicación suponen un reto de dificultad formal, jurídica, de medios personales y medios materiales, a los que ir adaptándose a la mayor brevedad posible, así como la implementación y uso diario de las nuevas tecnologías.

Asimismo, se está instrumentando una mayor agilidad a los procedimientos sancionadores, por ello, se hace necesario modificar expresamente el Decreto 244A/2015, de fecha 18 de junio de 2015, en los siguientes términos, por todo ello, he resuelto:

1.o Modificar las delegaciones genéricas de competencias a favor de los concejales que se indican a continuación:

1.1. Área de Urbanismo y Medio Ambiente:

— Concejal-delegado del Área: don Juan Manuel Descalzo Andrés.

Integran el ámbito de actuación del área las materias de planeamiento, gestión, ejecución y disciplina urbanística, intervención en la edificación y uso del suelo, órdenes de ejecución y declaraciones de ruina, conservación y rehabilitación de la edificación, patrimonio municipal del suelo, redacción de proyectos, protección del medio ambiente, contaminación atmosférica y acústica, así como cualquier otra que por razón de su contenido fuese susceptible de ser incluida en la misma entre las que se incluyen, con independencia de cualesquiera otras, las siguientes: licencias de cala, limpieza de parcelas en deficiente estado de conservación, vertidos, punto limpio, obras en las vías públicas urbanas y caminos y señalización vial en su apartado de proyectos. Se adscribe a esta Concejalía la gestión y desarrollo del “Prado Municipal”, mantenimiento en las vías públicas urbanas y caminos; conservación, mantenimiento y limpieza de edificios e instalaciones municipales, mantenimiento del polideportivo municipal, servicios de abastecimiento de agua, relaciones con el Canal de Isabel II, alcantarillado, pozos ciegos, tratamiento y depuración de aguas residuales, parques y jardines, alumbrado público, salud pública, , señalización vial (lo que incluye pintura y señales verticales); así como cualquier otra que por razón de su contenido fuese susceptible de ser incluida en la misma.

1.2. Área de Mantenimiento Medio Ambiente Urbano:

— Concejal-delegado: don Daniel García Poveda.

Integra el ámbito de actuación del Área las materias de limpieza de vías públicas, parques y jardines, recogida, tratamiento y eliminación de residuos sólidos urbanos, salud pública, relaciones con la Mancomunidad de Municipios del Noroeste.

2.o Se modifica el punto tercero, apartado 2) de las condiciones especiales de las delegaciones.

Donde dice:

“La tramitación y sanción de los expedientes incoados por infracciones de las Ordenanzas municipales se delegan en el concejal-delegado del área que le corresponda por razón de la materia”.

Debe decir:

“La tramitación y sanción de los expedientes incoados por infracciones de Tráfico, Legislación Sectorial y Ordenanzas municipales se delegan en el concejal-delegado del Área de Seguridad y Protección Ciudadana, Personal, Atención y Participación Ciudadana, don Juan Pedro Sanz García”.

3.o Las presentes delegaciones tendrán efectos desde el día siguiente a la fecha de la presente resolución, sin perjuicio de que se proceda a la notificación íntegra de la misma a los concejales-delegados, entendiendo aceptadas las delegaciones otorgadas si en el plazo de tres días hábiles contados a partir de la notificación, no mostrasen por escrito su disconformidad.

4.o Publicar el anuncio correspondiente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Ayuntamiento, así como en la página web institucional.

5.o Dar cuenta al Pleno de la presente Resolución».

Fuente el Saz de Jarama, a 5 de julio de 2018.—La alcaldesa, María José Moñino Muñoz.

(03/23.756/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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