Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 166

Fecha del Boletín 
13-07-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180713-91

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 21

91
Madrid número 21. Procedimiento 631 de 2016, notificación a Axa Seguros Generales, S. A., de Seguros y Reaseguros

EDICTO

Don Ángel Ramón Jiménez del Olmo, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 21 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento sobre juicio verbal número 631 de 2016, instados por el Consorcio de Compensación de Seguros contra “Axa Seguros Generales, Sociedad Anónima, de Seguros y Reaseguros” y “Reformas y Construcciones Fara, Sociedad Limitada”, en reclamación de 469,24 euros, en los que se ha dictado en fecha 28 de junio de 2017 sentencia número 166 de 2017, cuyo fallo es el siguiente:

Que estimando la demanda formulada por el abogado del Estado, en la representación del Consorcio de Compensación de Seguros, contra la mercantil “Reformas y Construcciones Fara, Sociedad Limitada”, debo condenar a la citada demandada a abonar la cantidad de 469,24 euros, más intereses y costas del procedimiento.

Se desestima la demanda respecto de la entidad aseguradora “Axa Seguros Generales, Sociedad Anónima”, sin declaración expresa sobre las costas.

Notifíquese la presente resolución haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (artículo 455.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Líbrese y únase certificación de esta resolución a las actuaciones con inclusión de la original en el libro de sentencias.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez (firmado).

En atención al desconocimiento del actual domicilio de las demandadas “Axa Seguros Generales, Sociedad Anónima, de Seguros y Reaseguros” y “Reformas y Construcciones Fara, Sociedad Limitada” y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de las interesadas en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 14 de marzo de 2018.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/22.431/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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