Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 166

Fecha del Boletín 
13-07-2018

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180713-100

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COSLADA NÚMERO 2

100
Coslada número 2. Procedimiento 112 de 2017, notificación a Ramón Asensio Miranda

EDICTO

Doña Nieves Prieto Berrocal, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 2 de Coslada.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 112 de 2017, instados por la procuradora doña Anahí Meza Herrero, en nombre y representación de doña Santiaga Ruiz Ciudad, doña Felipa López Solana y don Manuel Corpus Guio García, contra don Ramón Asensio Miranda y doña Concepción Soriano Martínez, en los que se ha dictado en fecha 7 de mayo de 2018 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Estimo íntegramente la demanda formulada por la procuradora de los tribunales doña Anahí Meza Herrero, en nombre y representación de don Manuel Corpus Guio García, doña Santiaga Ruiz Ciudad y doña Felipa López Solana, frente a don Ramón Asensio Miranda y doña Concepción Soriano Martínez y en consecuencia debo acordar los siguientes pronunciamientos en relación en la finca registral 1.255. Inscrita en el Registro de la Propiedad número 2 de Coslada con la siguiente descripción: “CRU: 28080000012711. Urbana, parcela de terreno en término de Coslada en los carriles, con fachada a la calle sin nombre, abierta a la finca de procedencia. Ocupa una superficie de 194 metros cuadrados con 60 decímetros. Linda frente, en línea de 14,80 metros con la indicada calle, derecha entrando en línea de 14,40, por la izquierda en línea de 14 metros y fondo en línea de 13 metros con resto de la finca de procedencia de don Mariano Iglesias Matarranz. Se forma por segregación de la finca 645, inscripción octava, al folio 74 del tomo 226, libro 11 de Coslada”; si bien, actualmente las calles inicialmente sin nombre con las que linda dicha finca, se corresponde con las calles actualmente denominadas calle Paloma, número 5-G, y calle Bellaescusa, número 11.

Declaro que:

a) Que los esposos don Manuel Corpus Guio García y doña Santiaga Ruiz Ciudad, han adquirido para su sociedad de gananciales el 50 por 100 proindiviso del pleno dominio de la finca descrita en el párrafo anterior; y en consecuencia don Manuel Corpus Guio García y doña Santiaga Ruiz Ciudad son titulares en pleno dominio con carácter ganancial del 50 por 100 de la mencionada finca.

b) Que doña Felipa López Solana, tras el fallecimiento de su único esposo don Manuel Ruiz Almansa, ha adquirido para su extinta sociedad de gananciales el otro 50 por 100 proindiviso y restante, del pleno dominio de la indicada finca; y en consecuencia doña Felipa López Solana es titular en pleno dominio con carácter ganancial, del 50 por 100 restante de la finca.

Procede la rectificación del Registro e inscripción del dominio de la finca en favor de don Manuel Corpus Guio García, doña Santiaga Ruiz Ciudad y doña Felipa López Solana en la forma y porcentajes anteriormente descrito, debiendo librarse el correspondiente mandamiento al Registro de la Propiedad de Coslada.

Condeno a don Ramón Asensio Miranda y a doña Concepción Soriano Martínez, a estar y pasar por las anteriores declaraciones y a efectuar todos los actos que sean necesarios u oportunos para la inscripción de la titularidad del dominio en favor de don Manuel Corpus Guio García, doña Santiaga Ruiz Ciudad y doña Felipa López Solana, de finca objeto de autos.

Todo ello con expresa condena en costas del demandado.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandados don Ramón Asensio Miranda y doña Concepción Soriano Martínez y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Coslada, a 4 de junio de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/22.804/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180713-100