Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 165

Fecha del Boletín 
12-07-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180712-50

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 45

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Madrid número 45. Procedimiento 1.265 de 2014, notificación a Soltecno Energías, S. L.

EDICTO

Don Ignacio Martín-Borregón García de la Chica, letrado de la Administración de Justicia, del Juzgado de primera instancia número 45 de Madrid.

Por medio del presente, hace saber: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal entre “Grenke Rent, Sociedad Anónima” y “Soltecno Energías, Sociedad Limitada”, sobre resolución de contrato y reclamación de cantidad, en cuyos autos se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

En Madrid, a 24 de abril de 2017.—La ilustrísima señora doña Marta Fernández Pérez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 45 de Madrid, ha visto los autos seguidos en este Juzgado al número 1.265 de 2014, a instancia de “Grenke Rent, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora de los Tribunales doña María Fuencisla Martínez Mínguez, contra “Soltecno Energías, Sociedad Limitada”, que versa sobre resolución de contrato y reclamación de cantidad.

Fallo

Estimando parcialmente la demanda deducida por la procuradora de los Tribunales doña María Fuencisla Martínez Mínguez, en nombre y representación de “Grenke Rent, Sociedad Anónima”, contra “Soltecno Energías, Sociedad Limitada”, declaro resuelto el contrato de arrendamiento número 92-6590, que vincula a las demandadas, condenándole, en consecuencia, a la devolución de la impresora arrendada, lo que deberá realizar en el domicilio de la demandante, o de quien ésta designe, asumiendo la demandada todos los gastos y costes de la entrega, según se contiene en la condición 13.2 del contrato.

Le condeno a pagar a la actora mil novecientos treinta y cuatro con cuarenta y cuatro euros (1.934,44 euros) a los que se aplicará el interés legal del “Banco Central Europeo” incrementado en cinco puntos (que a fecha de la presentación de la demanda ascendía a 69,84 euros).

Asimismo les condeno a abonar a la demandante, por cada día natural de retraso en la devolución de la impresora de una cuantía de 2,786 euros/día que, a fecha 26 de septiembre de 2014 era de 699,29 euros.

Se impone a la demandada las costas causadas.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (artículo 455.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Y para que sirva de notificación a la demandada “Soltecno Energías, Sociedad Limitada”, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de junio de 2018.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/22.635/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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