Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 162

Fecha del Boletín 
09-07-2018

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180709-50

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CAMARMA DE ESTERUELAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Camarma de Esteruelas. Régimen económico. Modificación presupuestaria

El Pleno de este Ayuntamiento en sesión extraordinaria celebrada el día 21 de junio de 2018, por mayoría, adoptó el siguiente acuerdo entre otros:

Primero.—Aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos n.o 7 expediente 188/2018, del presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito para la aplicación del superávit presupuestario con cargo al remanente de tesorería para gastos generales y para financiar la aplicación de partidas pendiente de aplicar a presupuesto, cuyo detalle es el siguiente:

Los importes aplicados a los diferentes destinos en base al Informe de Intervención son:

1.o Atender las obligaciones pendientes de aplicar a presupuesto contabilizadas a 31 de diciembre del ejercicio anterior en la cuenta de «Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto», por la cantidad de 94.545,80 euros correspondiente a cinco pagos de 18,909,16 euros en 2017, los cuales se llevaron a cabo sin la suficiente consignación presupuestaria y forman parte del saldo acreedor de la cuenta (413) «Acreedores pendientes de aplicar a presupuesto» y que correspondían a los intereses de demora a la mercantil “Viales y Obras Públicas, Sociedad Anónima”.

El resumen de las aplicaciones presupuestarias a las que se destinará el superávit presupuestario según lo establecido en el apartado anterior será el siguiente:

Segundo.—Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.

El expediente podrá ser examinado por cualquier interesado en el Departamento de Intervención Municipal.

Camarma de Esteruelas, a 26 de junio de 2018.—El alcalde, Pedro Valdominos Horche.

(03/22.389/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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