Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 156

Fecha del Boletín 
02-07-2018

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180702-50

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Pleno del Ayuntamiento

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Madrid. Régimen económico. Pleno del Ayuntamiento. Modificación presupuestaria

Acuerdo del Pleno, de 27 de junio de 2018, por el que se aprueba la concesión de un suplemento de crédito por importe de 759.880,00 euros en el presupuesto del Ayuntamiento de Madrid (Área de Gobierno de Cultura y Deportes).

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión (16/2018) ordinaria celebrada el día 27 de junio de 2018, adoptó el siguiente acuerdo:

«Aprobar la concesión de un suplemento de crédito por importe de 759.880,00 euros en el presupuesto del Ayuntamiento de Madrid, con el desglose y aplicación presupuestaria que se detalla:

— 759.880,00 euros, en la aplicación presupuestaria 001/098/336.01/745.06 “Transferencias de capital a Madrid Destino, Cultura, Turismo y Negocio, Sociedad Anónima”, del programa 336.01 “Patrimonio cultural y paisaje urbano” del presupuesto del Ayuntamiento de Madrid de 2017 prorrogado para 2018.

La citada modificación se financia con el remanente de Tesorería para gastos generales, obtenido tras la liquidación del presupuesto del ejercicio 2017».

Lo que se hace público para general conocimiento, indicándose que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente en derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Madrid, a 27 de junio de 2018.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(03/22.565/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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