Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 154

Fecha del Boletín 
29-06-2018

Sección 1.3.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180629-37

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y HACIENDA

37
ORDEN de 27 de junio de 2018, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se amplía la cuantía del crédito presupuestario consignado en la Orden de 29 de diciembre de 2017, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se convocan subvenciones en el año 2018 para la realización del Programa de Activación Profesional para Personas Jóvenes Desempleadas de Larga Duración, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo y la iniciativa de empleo juvenil dentro del Programa Operativo de Empleo Juvenil.

Mediante Orden de 29 de diciembre de 2017, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, publicada, en forma de extracto, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 80, de 4 de abril de 2018, se convocaron subvenciones en el año 2018 para la realización del Programa de Activación Profesional para Personas Jóvenes Desempleadas de Larga Duración.

En el resuelvo tercero de la mencionada Orden se estableció el crédito presupuestario autorizado por cuantía estimada de 5.000.000,00 de euros, habilitándose para su incremento cuando concurriera alguna de las causas contempladas en el apartado 2.a), del artículo 58, del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

La ampliación de la cuantía destinada a las subvenciones convocadas deberá realizarse según el procedimiento establecido en artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes el día 4 de mayo de 2018, se constata que el crédito presupuestario autorizado inicialmente es insuficiente para atender las necesidades de financiación del programa, por lo que se considera necesaria la aprobación de una ampliación de crédito, teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria existente en el Programa 241M-Promoción y Fomento de Empleo, Subconcepto 47200-Actuaciones cofinanciadas FSE y otras, al haberse liberado crédito correspondiente a otras convocatorias de subvenciones.

La convocatoria de subvenciones para el año 2018 del Programa de Activación Profesional para Personas Jóvenes Desempleadas de Larga Duración se encuentra pendiente de resolución de concesión, conforme establece el apartado 2.a), del artículo 58, del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

En su virtud, y de acuerdo con las competencias atribuidas en la legislación vigente y, teniendo en cuenta el expediente de ampliación de crédito tramitado al efecto,

RESUELVO

Primero

Ampliación del crédito

1. Para el cumplimiento de la finalidad establecida en la convocatoria de la Orden de 29 de diciembre de 2017, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se convocan subvenciones en el año 2018 para la realización del Programa de Activación Profesional para Personas Jóvenes Desempleadas de Larga Duración, se amplía en 800.000,00 euros la cuantía del crédito presupuestario establecido inicialmente, de manera que la cuantía final destinada a las subvenciones convocadas para el año 2018 es de 5.800.000,00 euros, imputados al Programa 241M-Promoción y Fomento de Empleo, Subconcepto 47200-Actuaciones cofinanciadas FSE y otras.

2. La publicación de esta Orden no implica la apertura de un nuevo plazo para presentar nuevas solicitudes.

Segundo

Recursos administrativos

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de la misma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sin perjuicio de cuantos otros estime oportuno deducir.

Tercero

Habilitación

Se habilita al titular de la Dirección General del Servicio Público de Empleo para dictar cuantos actos e instrucciones sean necesarias para la ejecución de la presente Orden.

Cuarto

Efectos

Esta Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 27 de junio de 2018.

La Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, ENGRACIA HIDALGO TENA

(03/22.415/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180629-37