Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 152

Fecha del Boletín 
27-06-2018

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180627-181

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41

181
Madrid número 41. Ejecución 13 de 2018, notificación a Pavidan 1922, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA JOSE GONZÁLEZ HUERGO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 41 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 13/2018 (AL QUE OBRA ACUMULADO LA EJECUCIÓN 49/2018) de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. Juan Pablo Arciniegas Balseca, D./Dña. Javier Fraile Marcos, D./Dña. Juan Carlos Romero Duran, D./Dña. BENITO RODRIGUEZ MAYORAL, D./Dña. David Paris Ayuso, D./Dña. Daniel Rodriguez Rodriguez, D./Dña. Jose Maria Sanz Lopez, D./Dña. Luis Palomino Romero y D./Dña. Brigido Seldas Sanchez frente a PAVIDAN 1922 SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

PARTE DISPOSITIVA

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, D./Dña. Juan Carlos Romero Duran, D./Dña. Javier Fraile Marcos, D./Dña. Brigido Seldas Sanchez, D./Dña. David Paris Ayuso, D./Dña. Jose Maria Sanz Lopez, D./Dña. Daniel Rodriguez Rodriguez, D./Dña. Luis Palomino Romero y D./Dña. Juan Pablo Arciniegas Balseca, frente a la demandada PAVIDAN 1922 SL, parte ejecutada, por un principal de 14.472,19 euros de principal ( en relación a Juan Carlos Romero Durán 1.399,20 euros de indemnización y 254,4 euros de salarios de tramitación, en relación José María Sanz López 1.399,20 euros de indemnización y 254,4 euros de salarios de tramitación, en relación a Juan Pablo Arciniegas Balseca 1.399,20 euros de indemnización y 763,2 euros de salarios de tramitación, en relación a Brígido Seldas Sánchez Isasia 1.399,20 euros de indemnización y 254,4 euros de salarios de tramitación, en relación a Daniel Rodriguez Rodriguez 1.402,39 euros de indemnización y 231,8 euros de salarios de tramitación, en relación a David París Ayuso 1.679,04 euros de indemnización y 2.242,24 euros de salarios de tramitación, en relación a Luís Palomino Romero 1.539,12 euros de indemnización y 254,4 euros de salarios de tramitación, más 1.447,21 euros y 1.447,21 de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Quedando pendiente de satisfacer en la presente ejecutoria la suma de 854,91 euros y 85,49 euros y 85,49 euros sin que las actuaciones e indagaciones practicadas hayan resultado positivas en orden a la traba de bienes de la ejecutada, procédase a dictar insolvencia y antes de ello, conforme a lo previsto en el Art. 276 de L.J.S, dese audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte ejecutante, para que el término de Quince días inste la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designe bienes del deudor que le consten.

Se ACUERDA LA ACUMULACIÓN a la presente ejecución nº Ejecución de títulos judiciales 13 / 2018, del/de la/s que se sigue/n también en este Juzgado con el/los números ETJ 49/2018, continuándose su tramitación en un solo procedimiento.

Se acuerda ampliar en otras 14.472,19 euros (en relación a Juan Carlos Romero Durán 1.653,6 euros, en relación José María Sanz López 1.653,6 euros, en relación a Juan Pablo Arciniegas Balseca 2.162,4 euros, en relación a 1.653,6 euros, en relación a 1.634,19 euros, en relación a David París Ayuso 3.921,28 euros, en relación a Luís Palomino Romero 1.793,52 euros y 1.447,21 euros y 1.447,21 euros la presente ejecución, librándose los correspondientes despachos.

El principal total de las dos ejecuciones acumuladas asciende a 15.327,1 euros más 1.532,71 euros y 1.532,71 euros para intereses y costas que se presupuestan provisionalmente.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a PAVIDAN 1922 S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a uno de junio de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/19.272/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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