Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 152

Fecha del Boletín 
27-06-2018

Sección 1.2.65.27: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180627-17

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE SANIDAD

SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD

17
RESOLUCIÓN de 19 de junio de 2018, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se declaran los aspirantes aprobados incluidos en relación complementaria en las pruebas selectivas por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo de la categoría de Fisioterapeuta del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid, se determina el procedimiento de adjudicación de plazas y la entrega de documentación acreditativa.

Por Resoluciones de 22 de mayo de 2015, de la entonces Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de 5 de junio), se convocan pruebas selectivas por los turnos libre, de promoción interna y de discapacidad, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Fisioterapeuta del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid, estableciendo, en la base 8.6, que “con el fin de asegurar la cobertura de todas las plazas ofertadas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, tanto tácitas como expresas, antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá declarar superado el proceso selectivo a los aspirantes que sigan por puntuación a los propuestos, para su posible nombramiento como personal estatutario fijo.”

Asimismo, la base 1.1 de la convocatoria de estas pruebas selectivas por el turno de discapacidad establece que las plazas convocadas para este turno que no se cubran, se acumularán a las convocadas para el turno libre.

Por Resolución de 8 de junio de 2018 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de 19 de junio), se procede a declarar la pérdida de derechos de tres aspirantes aprobados en estas pruebas selectivas; un aspirante del turno de discapacidad por no solicitar plaza en la fecha señalada y conforme al procedimiento establecido, y dos aspirantes del turno libre, por no haber tomado posesión de la plaza que se les hubiera adjudicado en el plazo establecido para ello.

De conformidad con lo anterior, tres de las plazas ofertadas han quedado sin cubrir, correspondiendo una de ellas al turno de discapacidad, por lo que esta Dirección General, al no existir ningún candidato por dicho turno, procede a su acumulación al turno libre, realizando la relación complementaria de aspirantes que han superado el proceso selectivo por orden de puntuación alcanzada, para su posible nombramiento como personal estatutario fijo en la categoría de Fisioterapeuta del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid.

En aras a los principios de eficacia y celeridad, la presentación de la documentación acreditativa de cumplimiento de requisitos establecida en la base 9.1 de la convocatoria, se realizará por los aspirantes aprobados, en el mismo acto de elección de las plazas.

Por lo anteriormente expuesto, esta Dirección General en virtud de las competencias que tiene atribuidas en el Decreto 196/2015, de 4 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica del Servicio Madrileño de Salud,

RESUELVE

Primero

Aspirantes aprobados, oferta de plazas y llamamiento para adjudicación

1. Declarar que han superado las pruebas selectivas por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Fisioterapeuta del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid, los aspirantes incluidos en la relación complementaria que se indican en el Anexo I de la presente Resolución.

2. Publicar como Anexo II, la relación de plazas ofertadas sin cubrir en el proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Fisioterapeuta del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid.

3. Proceder al llamamiento público para la adjudicación de las plazas ofertadas, que tendrá lugar en la sede de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud, sita en la calle Sagasta, número 6, de Madrid, el día 4 de julio de 2018, a las 9,00 horas.

4. Los aspirantes deberán comparecer provistos del documento nacional de identidad u otro documento que acredite de modo fidedigno su identidad. Quienes no comparezcan personalmente, podrán ser representados por terceras personas provistas de poder notarial al efecto y copia del documento nacional de identidad tanto del aspirante como del apoderado.

Segundo

Procedimiento de adjudicación de las plazas ofertadas

Las plazas ofertadas se adjudicarán por el orden de puntuación alcanzada por los aspirantes en el proceso selectivo, y conforme al procedimiento previsto en las bases de la convocatoria aprobada por Resolución de la entonces Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud de 22 de mayo de 2015.

Tercero

Documentación a presentar

1. Los aspirantes deberán presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos establecidos en la base novena de la convocatoria, en el mismo acto de elección de plazas, en los puestos habilitados al efecto en la sede de esta Dirección General, calle Sagasta, número 6.

2. La documentación a entregar por los aspirantes es la siguiente:

a) Aspirantes de nacionalidad española:

— Copia del documento nacional de identidad o pasaporte.

b) Aspirantes que no posean la nacionalidad española:

— Copia del documento que acredite su nacionalidad.

— Documentación acreditativa del vínculo de parentesco requerida en la base novena de la convocatoria.

c) Original o copia del título o, en su caso, homologación exigida para su participación en estas pruebas selectivas.

d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio, cumplimentado en modelo Anexo III adjunto, en los términos establecidos en la base novena de la convocatoria.

e) Certificado actualizado de la discapacidad, expedido por el órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente o, en su caso, tarjeta acreditativa del grado de la discapacidad.

f) Declaración jurada o promesa de no poseer la condición de personal estatutario fijo en el Sistema Nacional de Salud, cualquiera que sea su situación administrativa, en la categoría a la que se accede, en el mismo modelo Anexo III mencionado en el apartado d).

g) La capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento, se acreditará mediante informe favorable expedido por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del centro donde se encuentra la plaza asignada en el proceso selectivo. Queda condicionado el nombramiento a la obtención de la citada certificación y a su posterior presentación en la sede de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud. A tal efecto, y tras el acto de adjudicación de las plazas, los interesados dispondrán de un plazo de diez días hábiles para cumplir este trámite.

h) De conformidad con lo establecido en el artículo 13, párrafo 5, de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, es requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos.

El cumplimiento de este requisito se acreditará con la presentación, en el mismo acto de elección de plazas, de Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, acreditativo de que no han sido condenados mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual a los que se refiere el precepto legal, no siendo necesaria su presentación si se autoriza de forma expresa a que dichos datos sean consultados por parte de la Administración, en cuyo caso, se cumplimentará el modelo que se le facilitará en el acto de adjudicación.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Sanidad de la Consejería de Sanidad, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer para mejor defensa de sus intereses.

Madrid, a 19 de junio de 2018.—El Director General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, Pablo Calvo Sanz.



(03/21.419/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.65.27: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180627-17