Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 146

Fecha del Boletín 
20-06-2018

Sección 4.165.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180620-182

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE ALCORCÓN NÚMERO 1

182
Alcorcón número 1. Procedimiento 53 de 2017, notificación a Gonzalo Alberto Carrasco Cruces

EDICTO

D. JOSÉ PACHECO VERA, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 1 de ALCORCON da fe, que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Familia. Divorcio contencioso num. 53/2017 en los que se ha dictado en fecha 07/02/2018 sentencia cuyo fallo es la siguiente:

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta en los presentes autos por la Procuradora Dña. María Vicenta Berrocal Ávila, en nombre y representación de Dña. Alejandra Arias Fernándes, asistida por el Letrado Sr. Areta Jiménez, contra D. Gonzalo Alberto Carrasco Cruces, en situación de rebeldía procesal, siendo parte el Ministerio Fiscal en defensa del interés de las hijas menores del matrimonio, decretando la disolución del matrimonio entre los citados esposos por divorcio, con los siguientes pronunciamientos sobre las medidas solicitadas:

1º- El ejercicio de la patria potestad sobre las menores, se atribuye con carácter exclusivo a la madre.

2º- No procede pronunciamiento sobre atribución del domicilio familiar.

3º- No se establece régimen de visitas del padre con las menores.

4º- Se señala como pensión alimenticia a cargo del padre, la suma de 150 euros al mes para cada hija que deberá abonar los cinco primeros días de cada mes en la cuenta que la esposa designe y que facilitará al Juzgado y que será actualizable anualmente conforme a la variación que experimente el índice de precios al consumo. Los gastos extraordinarios serán sufragados por ambos progenitores por mitad.

5º- No se hace especial imposición de costas a ninguna de las partes.

Una vez firme esta resolución, líbrese exhorto al Registro Civil en el que conste el matrimonio de los litigantes, acompañándose testimonio de esta resolución.

Esta resolución no es firme y frente a ella cabe interponer Recurso de Apelación en este Juzgado, para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente al de su notificación.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D./. GONZALO ALBERTO CARRASCO CRUCES y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de la COMUNIDAD AUTONOMA DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Alcorcón, a 09 de febrero de 2018

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/18.709/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.165.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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