Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 146

Fecha del Boletín 
20-06-2018

Sección 1.3.200.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180620-18

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD DE ALCALÁ

18
EXTRACTO del Acuerdo de 8 de junio de 2018, de Consejo de Gobierno de la Universidad de Alcalá, por el que se convocan los Premios para Jóvenes Investigadores 2018.

BDNS (Identif.): 403271

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero

Beneficiarios

Podrá presentar su candidatura cualquier investigador/a que mantenga una relación contractual o sea personal investigador en formación en la Universidad de Alcalá el día de cierre de la convocatoria y haya nacido en el año 1983 o fecha posterior.

Segundo

Objeto

El propósito de estos premios es apoyar la labor de los investigadores noveles de la Universidad de Alcalá, que contribuyen de manera destacada a este fundamental objetivo universitario.

Se concederán dos premios, uno en Ciencias Experimentales y otro en Ciencias Humanas y Sociales.

Tercero

Bases reguladoras

Bases Reguladoras Marco de la concesión de becas y ayudas a la investigación por la Universidad de Alcalá (https://portal.uah.es/portal/page/portal/investigacion/normativa/ documentos/Bases_Reguladoras_Becas_Ayudas_Investigacion_UAH.PDF).

Cuarto

Cuantía

Cada premio está dotado con 2.500 euros y el correspondiente diploma. El importe total de esta convocatoria es de 5.000 euros.

Estos premios se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 300.M00.0541A645.23.

Quinto

Plazo y presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes (tanto de forma telemática como por registro) permanecerá abierto del 11 de junio al 6 de julio de 2018, ambos incluidos. La solicitud enviada telemáticamente pero no presentada por registro en el plazo conferido al efecto será excluida.

Las solicitudes se presentarán a través de la opción “Convocatorias” disponible en el Portal del investigador. Una vez realizada la solicitud telemática se imprimirá y se presentará en el Registro Central o en los Registros periféricos de la Universidad de Alcalá, o por cualquiera de los medios contemplados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En ambos casos, será de aplicación el plazo para la presentación de las solicitudes establecido en el punto 3.1 de la presente convocatoria. En la aplicación telemática se incluirán como ficheros adjuntos a la solicitud los documentos abajo indicados.

Sexto

Otros datos

Los candidatos tendrán que presentar una declaración jurada firmada de los méritos científicos evaluados mediante la elaboración de la ficha de autobaremación (disponibles en la página web de investigación) para la valoración de la actividad investigadora según las modalidades indicadas a continuación:

Modalidad A “Ciencias Experimentales”.

Modalidad B “Ciencias Humanas y Sociales”.

Modalidad C “Ciencias Humanas y Sociales” para áreas de conocimiento que soliciten la aplicación de los criterios seguidos en el apartado A “Ciencias Experimentales”.

Adjudicaciones y criterios de selección: El Jurado de los premios estará constituido por el Vicerrector de Investigación y Transferencia o persona en quien delegue, que lo presidirá, y al menos un experto de prestigio por cada una de las áreas correspondientes. Su composición concreta será aprobada por la Comisión de Investigación, a propuesta del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia.

El Jurado podrá hacerse asistir, si lo estima conveniente, por evaluadores externos, o solicitar informes sobre los candidatos. La evaluación de los méritos aportados se hará, para cada uno de los Premios, del modo siguiente:

Se adjudicarán 6 puntos al primer clasificado en función de los méritos científicos evaluados mediante el baremo que figura en el Anexo a esta convocatoria, y al resto de los candidatos de forma proporcional a la puntuación obtenida. El Servicio de Gestión de la Investigación será el encargado de aplicar este baremo.

Hasta 4 puntos, mediante los procedimientos de evaluación que el Jurado considere convenientes.

Recursos: La presente resolución agota la vía administrativa, y contra ella cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente Resolución, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de lo anterior, la presente resolución podrá ser recurrida, potestativamente, en reposición ante el Consejo de Gobierno de la Universidad de Alcalá en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Alcalá de Henares, a 12 de junio de 2018.—El Vicerrector de Investigación y Transferencia, Francisco Javier de la Mata de la Mata.

(03/20.467/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.200.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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