Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 144

Fecha del Boletín 
18-06-2018

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180618-76

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN

OTROS ANUNCIOS

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Villaviciosa de Odón. Otros anuncios. Cesión de uso a centro de control

Cesión a la Comunidad de Madrid de la parcela utilizada para el centro de control de la M-501.—Por providencia de la Alcaldía de 3 de mayo de 2017 se incoó el procedimiento para la cesión de las parcelas SG 2.3.1 y 2.3.2, cesión solicitada por la Comunidad de Madrid a través de la Dirección General de Carreteras.

Se ha tramitado un procedimiento en el que se abrió un trámite de información pública mediante la inserción de un edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, que concluyó sin que se presentasen alegaciones.

Se notificó la incoación del procedimiento a la Comunidad de Madrid a través de la Dirección General de Carreteras y se han emitido los informes de la Secretaría General y de la Intervención sobre los aspectos jurídicos y económicos de la cesión.

En el ejercicio de las competencias atribuidas por las normas, el Pleno de la Corporación, en su sesión extraordinaria el día 31 de mayo de 2018, acordó.

Primero.—Aprobar la cesión gratuita a la Comunidad de Madrid, a través de la Dirección General de Carreteras, de la titularidad de la parcela 546 del Inventario, parcela catastral 0987505VK2608N0001PX, finca 20100 del Registro de la Propiedad, de acuerdo con el artículo 24.6 de la Ley de Patrimonio de la Comunidad de Madrid (Ley 3/2001, de 21 de junio), para su uso como centro de control de la M-501.

De acuerdo con el artículo 24.6 de la Ley 3/2001, la cesión queda sujeta a una cláusula de reversión, de manera que la parcela cedida revertirá al Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón, con todas sus accesiones, cuando deje de destinarse a centro de control de la M-501.

Esta cláusula de reversión deberá inscribirse en el Registro de la Propiedad.

Segundo.—Declarar la mutación demanial a favor de la Comunidad de Madrid de la parcela número 547 del Inventario, referencia catastral 0987505VK2608N0001PX, finca registral 20101, ya que forma parte del dominio público viario.

Tercero.—Acordar la baja en el Inventario de la parcela número 547 y la clasificación de la parcela 546 como bien reversible, ya que queda sujeta a la cláusula de reversión establecida en el apartado primero.

Cuarto.—El acuerdo se hará público mediante la inserción de un edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web municipal.

Quinto.—Este acuerdo es un acto administrativo que pone fin a la vía administrativa, y contra él pueden interponerse los siguientes recursos:

a) Con carácter potestativo, un recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto que se notifica, para lo que dispone del plazo de un mes desde la fecha de la notificación (artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

b) Directamente, un recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la ciudad de Madrid, para lo que se establece un plazo de dos meses a contar desde la fecha de notificación de este acto (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Lo que se hace público a los efectos de lo establecido en el artículo 40 de la Ley 39/2015.

Villaviciosa de Odón, a 5 de junio de 2018.—El alcalde-presidente, José Jover Sanz.

(03/19.561/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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