Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 141

Fecha del Boletín 
14-06-2018

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180614-150

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE VIGO NÚMERO 3

150
Vigo número 3. Ejecución 129 de 2017, notificación a Plans Estratexicos Territoriais de Transporte e Ambientais, S. L. y otros

EDICTO

D/Dª MARTA LAMAS ALONSO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social n° 003 de VIGO, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000129 /2017 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de Dª BEGOÑA ARRANZ GONZALEZ contra la empresa PLANS ESTRATEXICOS TERRITORIAIS DE TRANSPORTE E AMBIENTAIS, S.L., TECNICAS TERRITORIALES Y URBANAS, S.L., ENXEÑERIA E ANALISE MEDIOAMBIENTAL, S.L., sobre DESPIDO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

a) Declarar al/a los ejecutado/s PLANS ESTRATEXICOS TERRITORIAIS DE TRANSPORTE E AMBIENTAIS, S.L., TECNICAS TERRITORIALES Y URBANAS, S.L., ENXEÑERIA E ANALISE MEDIOAMBIENTAL, S.L., en situación de INSOLVENCIA TOTAL por importe de 49.311,37 euros DE PRINCIPAL, insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional.

b) Hacer entrega de certificación, PREVIA SOLICITUD DE LA MISMA ANTE ESTE JUZGADO a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial, una vez sea firme la presente resolución.

c) Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LJS. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta n° ES5500493569920005001274 en el BANCO SANTANDER. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

Y para que sirva de notificación en legal forma a PLANS ESTRATEXICOS TERRITORIAIS DE TRANSPORTE E AMBIENTAIS, S.L., TECNICAS TERRITORIALES Y URBANAS, S.L., ENXEÑERIA E ANALISE MEDIOAMBIENTAL, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de PONTEVEDRA Y MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En VIGO, a dieciocho de abril de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/18.268/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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