Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 139

Fecha del Boletín 
12-06-2018

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180612-126

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

126
Madrid número 12. Ejecución 52 de 2018, notificación a Electricidad Sánchez Ventura, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MONTSERRAT TORRENTE MUÑOZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 12 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 52/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JUAN MANUEL MALACCORTO frente a ELECTRICIDAD SANCHEZ VENTURA SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución cuya parte dispositiva es del tenor literal:

“Se aprueba la liquidación de intereses practicada por la suma de 188,65 euros a cuyo pago resulta condenada la parte demandada en las presentes actuaciones.

Póngase a disposición la cantidad resultante de la liquidación de intereses practicada, librándose al efecto el oportuno mandamiento.

Devuélvase a la ejecutada la cantidad de 411,35 euros en concepto de sobrante, librándose al efecto el correspondiente mandamiento de pago.

Notifíquese la presente resolución a las partes y verificado el cobro de cantidades procédase al archivo de las actuaciones.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANCO DE SANTANDER IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2510-0000-64-0052-18.”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ELECTRICIDAD SANCHEZ VENTURA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiuno de mayo de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/17.488/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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