Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 132

Fecha del Boletín 
04-06-2018

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180604-98

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

98
Madrid número 8. Procedimiento 1.169 de 2017, notificación a Servicios Integrales María Wolff, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 08 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 1169/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. GUILIANA LOPEZ CHAVEZ frente a NEOCORTEX S.L., NEOCORTEX SL, SERVICIOS INTEGRALES MARIA WOLFF S.L., D. RUBEN MUÑIZ SCHWOCHERT y Dña. NINA MORILLAS JORGENSEN sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

Se estiman las excepciones de falta de legitimación pasiva alegadas por los codemandados personas físicas y se estiman las demandas formulas por Dª GUILIANA KARINA LOPEZ CHAVEZ con NIE X1980301-R declarando la extinción de la relación laboral con efectos de esta resolución (23 de abril de 2018), condenando a SERVICIOS INTEGRALES MARÍA WOLFF,SL, a indemnizar a la actora en el importe de 26.420,63 euros (con descuento a la firmeza de esta resolución de la cuantía de 10.175,89 euros) lo que supone un importe pendiente de 16.244,74 euros más 2.032,66 euros brutos por los salarios de julio y septiembre de 2017 dejados de percibir con incremento del 10% del interés anual de mora (artículo 29.3 del ET) desde la fecha del respectivo devengo y hasta la de la presente resolución.

Se absuelve a Dª NINA MORILLAS JORGENSESN con DNI 50.732.394-Y., D. RUBEN MUÑOZ SCHWOCHERT con DNI 00.820.386-E. y NEOCORTEX, SL.

No procede ninguna consideración en relación al Fondo de Garantía Salarial sin perjuicio de la responsabilidad, que en su caso y previa la situación legalmente contemplada pueda corresponder.

Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente, expídase testimonio para su unión a autos, y hágase saber a las partes que, de conformidad con el artículo 191 de la LRJS, contra ella cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SERVICIOS INTEGRALES MARIA WOLFF S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a nueve de mayo de dos mil dieciocho.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/16.434/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180604-98