Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 132

Fecha del Boletín 
04-06-2018

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180604-95

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

95
Madrid número 8. Ejecución 241 de 2017, notificación a Gran Madrid Hostelería, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. RAQUEL PAZ GARCIA DE MATEOS LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 08 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 241/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. RAMONA MIRICA NICOLETA frente a GRAN MADRID HOSTELERIA SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:DECRETO En Madrid, a nueve de mayo de dos mil dieciocho. PARTE DISPOSITIVA Se decreta el embargo de dinero de la empresa demandada GRAN MADRID HOSTELERIA S.L., lo facturado en efectivo del negocio de discoteca con el nombre comercial “NEW GARAMOND”, en horario de 22:00 horas a 6:00 horas mañana, local sito en calle Rosario Pino nº 14 local en Madrid con C.P 28020, librándose para ello testimonio de la presente resolución con comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de lo Social de Madrid al efecto de que por la Comisión Judicial se proceda al embargo de bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades 11.555,68 euros de principal y 2414,46 euros de intereses y costas, a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiéndose solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la Fuerza Pública, así como hacer uso de los medios personales y materiales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentran los bienes cuya traba se pretende. Notifíquese a las partes. MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso ( art 186.1 L.J.S). Así lo acuerda y firma. Doy fe LA LETRADOA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA D./Dña. MARIA CARMEN MARTÍN GARCÍA. En Madrid, a nueve de mayo de 2018.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a GRAN MADRID HOSTELERIA S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a nueve de mayo de dos mil dieciocho.

(03/16.403/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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